Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000179-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000179-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
13 de marzo de 2025
ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR al administrado EDILBERTO CRUZ VASQUEZ identificado con DNI N°33595084, conductor del vehículo con placa de Rodaje M5A-639, con la multa que asciende a la suma de S/. 535.00 (Quinientos Treinta y Cinco con 00/100 soles), equivalente a de 0.1 de la UIT vigente, conforme a lo indicado en el Acta de Fiscalización N° 0001294, de fecha 16 de enero del 2025, por la comisión de la infracción
ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR a la Unidad de Fiscalización de Transportes Terrestre y Acuático de esta Entidad, el registro de la presente sanción por infracción al Servicio Público de Transporte, de acuerdo con el numeral 106.1, artículo 106° del Decreto Supremo N°017-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo N°005-2016-MTC.
ARTÍCULO TERCERO: Los pagos, en razón a las Multas derivadas de Infracciones se tienen que cancelar, en la Unidad de Caja de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas.
ARTÍCULO CUARTO: ADJÚNTESE el Informe Final de Instrucción de la Autoridad Instructora a la presente Resolución para su respectiva notificación, tal y como lo señala el inciso 10.3 del artículo 10 del Decreto Supremo N°004-2020-MTC “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumaria en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus Servicios Complementarios”.
ARTÍCULO QUINTO: PÓNGASE, de conocimiento al administrado que dentro de los quince (15) días hábiles después de notificado la Resolución de Sanción, tiene el beneficio del 30% de descuento del total de la infracción impuesta”.
ARTÍCULO SEXTO: DISPONER la publicación de la presente Resolución Final, en el portal web de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones
ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFICAR al Sr. EDILBERTO CRUZ VASQUEZ la presente resolución y a los órganos correspondientes de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas, en la forma prevista por
ley.
ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR a la Unidad de Fiscalización de Transportes Terrestre y Acuático de esta Entidad, el registro de la presente sanción por infracción al Servicio Público de Transporte, de acuerdo con el numeral 106.1, artículo 106° del Decreto Supremo N°017-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo N°005-2016-MTC.
ARTÍCULO TERCERO: Los pagos, en razón a las Multas derivadas de Infracciones se tienen que cancelar, en la Unidad de Caja de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas.
ARTÍCULO CUARTO: ADJÚNTESE el Informe Final de Instrucción de la Autoridad Instructora a la presente Resolución para su respectiva notificación, tal y como lo señala el inciso 10.3 del artículo 10 del Decreto Supremo N°004-2020-MTC “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumaria en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus Servicios Complementarios”.
ARTÍCULO QUINTO: PÓNGASE, de conocimiento al administrado que dentro de los quince (15) días hábiles después de notificado la Resolución de Sanción, tiene el beneficio del 30% de descuento del total de la infracción impuesta”.
ARTÍCULO SEXTO: DISPONER la publicación de la presente Resolución Final, en el portal web de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones
ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFICAR al Sr. EDILBERTO CRUZ VASQUEZ la presente resolución y a los órganos correspondientes de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas, en la forma prevista por
ley.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES