Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000067-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
29 de enero de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR LA HABILITACIÓN VEHICULAR a la “EMPRESA DE TRANSPORTES SOL AMAZONENSE S.A”. representado por su Gerente General Sr. JUAN QUINTANA CHAVEZ, respecto a la unidad vehicular de categoría M2 con Placa de Rodaje M5I-025, teniendo como sustento lo resuelto en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 231-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC de fecha 03 de mayo del 2019, mediante la cual se otorgó la autorización a la “EMPRESA DE TRANSPORTES SOL AMAZONENSE S.A.”, para prestar el servicio de transporte público regular de personas dentro de la ruta autorizada: CHACHAPOYAS – CORRAL QUEMADO (UTCUBAMBA) Y VICEVERSA, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje M5I-025, que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO TERCERO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC; conforme se detalla a continuación:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR LA HABILITACIÓN VEHICULAR a la “EMPRESA DE TRANSPORTES SOL AMAZONENSE S.A”. representado por su Gerente General Sr. JUAN QUINTANA CHAVEZ, respecto a la unidad vehicular de categoría M2 con Placa de Rodaje M5I-025, teniendo como sustento lo resuelto en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 231-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC de fecha 03 de mayo del 2019, mediante la cual se otorgó la autorización a la “EMPRESA DE TRANSPORTES SOL AMAZONENSE S.A.”, para prestar el servicio de transporte público regular de personas dentro de la ruta autorizada: CHACHAPOYAS – CORRAL QUEMADO (UTCUBAMBA) Y VICEVERSA, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje M5I-025, que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO TERCERO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC; conforme se detalla a continuación:
- CHAVEZ ZABALETA ROISER
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener su vehículo en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión ilegal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr JUAN QUINTANA CHAVEZ. en su condición de Gerente General, de la “EMPRESA DE TRANSPORTES SOL AMAZONENSE S.A”. ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático de la Entidad, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión ilegal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr JUAN QUINTANA CHAVEZ. en su condición de Gerente General, de la “EMPRESA DE TRANSPORTES SOL AMAZONENSE S.A”. ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático de la Entidad, para los fines correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES