Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000022-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
15 de enero de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar PROCEDENTE el Escrito S/N de fecha 17 de diciembre de 2024 presentado por el Sr. OLIVARES TUESTA SEGUNDO SIMON, identificado con DNI N° 48127851, respecto a la solicitud de prescripción del N° 0004531 impuesta el 07 de octubre del 2017 el cual contiene el código de infracción S 5-A, al administrado, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Dirección de Circulación de Transporte y Terrestre Acuático el cumplimiento de la presente Resolución Directoral Regional Sectorial.
ARTÍCULO TERCERO. - NOTIFICAR la presente resolución al administrado el Sr. OLIVARES TUESTA SEGUNDO SIMON, en su domicilio real ubicado en la calle Canada N° 535 Provincia de chachapoyas Departamento de Amazonas, y a las demás instancias de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, en modo y forma previstos por ley, para conocimiento y fines correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO. - DISPONER el Archivamiento del presente expediente administrativo y ORDENESE a la Unidad de Fiscalización de Transporte Terrestre y Acuático de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Amazonas actualizar el Sistema Interno de Infracciones.
ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar PROCEDENTE el Escrito S/N de fecha 17 de diciembre de 2024 presentado por el Sr. OLIVARES TUESTA SEGUNDO SIMON, identificado con DNI N° 48127851, respecto a la solicitud de prescripción del N° 0004531 impuesta el 07 de octubre del 2017 el cual contiene el código de infracción S 5-A, al administrado, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Dirección de Circulación de Transporte y Terrestre Acuático el cumplimiento de la presente Resolución Directoral Regional Sectorial.
ARTÍCULO TERCERO. - NOTIFICAR la presente resolución al administrado el Sr. OLIVARES TUESTA SEGUNDO SIMON, en su domicilio real ubicado en la calle Canada N° 535 Provincia de chachapoyas Departamento de Amazonas, y a las demás instancias de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, en modo y forma previstos por ley, para conocimiento y fines correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO. - DISPONER el Archivamiento del presente expediente administrativo y ORDENESE a la Unidad de Fiscalización de Transporte Terrestre y Acuático de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Amazonas actualizar el Sistema Interno de Infracciones.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES