Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 00902-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-00902-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
31 de diciembre de 2024
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el Escrito S/N de fecha 12 de agosto de 2024, presentado por el Sr. DIAZ VILCHEZ DELGER identificado con DNI N°47868116, conductor del vehículo identificado con placa de rodaje N°M5G-133 el cual contiene el descargo de nulidad formulado por el administrado en contra del Acta de Fiscalización N°000985 de fecha 08 de agosto de 2024 con código I.1. d, cuya multa asciende a la suma de S/. 515.00 (quinientos quince con 00/100 soles) equivalente al 0.1 del valor de la UIT vigente aplicable sobre la infracción cometida.
ARTÍCULO SEGUNDO: SANCIONAR al infractor el Sr. DIAZ VILCHEZ DELGER Identificado con DNI N°47868116, conductor del vehículo con placa de Rodaje N°M5G-133, con la multa que asciende a la suma de S/. 515.00 (quinientos quince con 00/100 soles) equivalente al 0.1 de la UIT vigente, mediante el Acta de Fiscalización N°000985 de fecha 08 de agosto de 2024, con código I-1. d, de acuerdo con lo establecido dentro del Anexo 2 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Reglamento Nacional de Administración de Transporte aprobado mediante D.S. 017-2009-MTC.
ARTICULO TERCERO: DISPONER que, bajo apercibimiento de no cumplir con la cancelación del Acta de fiscalización dentro del plazo 15 (quince) días se remitirá todos los actuados a la Oficina Ejecutora de Cobranza Coactiva para que proceda conforme a sus atribuciones; asimismo, remitir la deuda a las centrales de riesgo INFOCORP para la filtración de multa y datos personales.
ARTÍCULO CUARTO: Los pagos, en razón a las Multas derivadas de Infracciones se tienen que cancelar, en la Unidad de Caja de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas.
ARTICULO QUINTO: PÓNGASE, de conocimiento al administrado que dentro de los quince (15) días hábiles después de notificado la Resolución de Sanción, tiene el beneficio del 30% de descuento del total de la infracción impuesta.
ARTICULO SEXTO: ENCARGAR a la Dirección de Circulación de Trasporte y Terrestre Acuático, el cumplimiento de la notificación al infractor de acuerdo con el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N°27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFICAR al infractor el Sr. DIAZ VILCHEZ DELGER, en su domicilio procesal ubicado en el Jirón Libertad Las Lomas N°234, Distrito de Chachapoyas, Provincia de Chachapoyas, Departamento de Amazonas, la presente Resolución en virtud de lo estipulado en el Decreto Supremo Nº004-2019-JUS.
ARTÍCULO SEGUNDO: SANCIONAR al infractor el Sr. DIAZ VILCHEZ DELGER Identificado con DNI N°47868116, conductor del vehículo con placa de Rodaje N°M5G-133, con la multa que asciende a la suma de S/. 515.00 (quinientos quince con 00/100 soles) equivalente al 0.1 de la UIT vigente, mediante el Acta de Fiscalización N°000985 de fecha 08 de agosto de 2024, con código I-1. d, de acuerdo con lo establecido dentro del Anexo 2 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Reglamento Nacional de Administración de Transporte aprobado mediante D.S. 017-2009-MTC.
ARTICULO TERCERO: DISPONER que, bajo apercibimiento de no cumplir con la cancelación del Acta de fiscalización dentro del plazo 15 (quince) días se remitirá todos los actuados a la Oficina Ejecutora de Cobranza Coactiva para que proceda conforme a sus atribuciones; asimismo, remitir la deuda a las centrales de riesgo INFOCORP para la filtración de multa y datos personales.
ARTÍCULO CUARTO: Los pagos, en razón a las Multas derivadas de Infracciones se tienen que cancelar, en la Unidad de Caja de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas.
ARTICULO QUINTO: PÓNGASE, de conocimiento al administrado que dentro de los quince (15) días hábiles después de notificado la Resolución de Sanción, tiene el beneficio del 30% de descuento del total de la infracción impuesta.
ARTICULO SEXTO: ENCARGAR a la Dirección de Circulación de Trasporte y Terrestre Acuático, el cumplimiento de la notificación al infractor de acuerdo con el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N°27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFICAR al infractor el Sr. DIAZ VILCHEZ DELGER, en su domicilio procesal ubicado en el Jirón Libertad Las Lomas N°234, Distrito de Chachapoyas, Provincia de Chachapoyas, Departamento de Amazonas, la presente Resolución en virtud de lo estipulado en el Decreto Supremo Nº004-2019-JUS.
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