Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 889-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
19 de diciembre de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el Escrito S/N de fecha 12 de agosto de 2024, presentado por el Sr. GUERRERO OLAECHEA RONALDO identificado con DNI N°73825494, conductor del vehículo identificado con placa de rodaje N°M3Q-686 el cual contiene el descargo de nulidad formulado por el administrado en contra del Acta de Fiscalización N°000988 de fecha 08 de agosto de 2024 con código S2.c, cuya multa asciende a la suma de S/. 257.50 (doscientos cincuenta y siete con 50/100 soles) equivalente al 0.05 del valor de la UIT vigente aplicable sobre la infracción cometida.
ARTÍCULO SEGUNDO: SANCIONAR al infractor el Sr. GUERRERO OLAECHEA RONALDO Identificado con DNI N°73825494, conductor del vehículo con placa de Rodaje N°M3Q-686, con la multa que asciende a la suma de S/. 257.50 (doscientos cincuenta y siete con 50/100 soles) equivalente al 0.05 de la UIT vigente, mediante el Acta de Fiscalización N°000988 de fecha 08 de agosto de 2024, con código S.2.c, de acuerdo con lo establecido dentro del Anexo 2 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Reglamento Nacional de Administración de Transporte aprobado mediante D.S. 017-2009-MTC.
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el Escrito S/N de fecha 12 de agosto de 2024, presentado por el Sr. GUERRERO OLAECHEA RONALDO identificado con DNI N°73825494, conductor del vehículo identificado con placa de rodaje N°M3Q-686 el cual contiene el descargo de nulidad formulado por el administrado en contra del Acta de Fiscalización N°000988 de fecha 08 de agosto de 2024 con código S2.c, cuya multa asciende a la suma de S/. 257.50 (doscientos cincuenta y siete con 50/100 soles) equivalente al 0.05 del valor de la UIT vigente aplicable sobre la infracción cometida.
ARTÍCULO SEGUNDO: SANCIONAR al infractor el Sr. GUERRERO OLAECHEA RONALDO Identificado con DNI N°73825494, conductor del vehículo con placa de Rodaje N°M3Q-686, con la multa que asciende a la suma de S/. 257.50 (doscientos cincuenta y siete con 50/100 soles) equivalente al 0.05 de la UIT vigente, mediante el Acta de Fiscalización N°000988 de fecha 08 de agosto de 2024, con código S.2.c, de acuerdo con lo establecido dentro del Anexo 2 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Reglamento Nacional de Administración de Transporte aprobado mediante D.S. 017-2009-MTC.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES