Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 884-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000884-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
17 de diciembre de 2024
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE lo solicitado por el administrado, EDUARDO RODRIGUEZ RODAS, en su calidad de GERENTE GENERAL de la ECSAL CENTRO MÉDICO VIRGEN ASUNTA” en el extremo de autorizar como entidad habilitada para expedir certificados de salud para postulantes a licencia de conducir (ECSAL).
ARTICULO SEGUNDO: AUTORIZAR como Entidad Habilitada para Expedir Certificados de Salud para postulantes a Licencias de Conducir - ECSAL, a la IPRESS “SERVICIOS DE SALUD VIRGEN ASUNTA S.A.C. En consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro de Entidades Habilitadas para Expedir Certificados de Salud para postulantes a Licencias de Conducir - RECSAL
ARTÍCULO TERCERO: La IPRESS “SERVICIOS DE SALUD VIRGEN ASUNTA S.A.C. está obligada a dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 007-2016-MTC, respecto a las obligaciones señaladas en el artículo 45 de la mencionada norma. Ante la verificación del incumplimiento de las obligaciones antes señaladas, previo procedimiento administrativo sancionador, se aplicarán las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones relacionadas con la expedición de certificados de salud para licencias de conducir, con la subsiguiente declaración de suspensión o cancelación de la autorización, de ser el caso.
ARTÍCULO CUARTO: REMÍTASE copia de la presente Resolución a la Dirección de Circulación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, si como también, a la Superintendencia de Transporte Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, para los fines que estime conveniente de acuerdo al cumplimiento de su normativa vigente;
ARTÍCULO QUINTO: ORDENAR la notificación de la presente Resolución al Administrado, y su publicación en el Portal Institucional de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones – Amazonas, bajo responsabilidad.
ARTICULO SEGUNDO: AUTORIZAR como Entidad Habilitada para Expedir Certificados de Salud para postulantes a Licencias de Conducir - ECSAL, a la IPRESS “SERVICIOS DE SALUD VIRGEN ASUNTA S.A.C. En consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro de Entidades Habilitadas para Expedir Certificados de Salud para postulantes a Licencias de Conducir - RECSAL
ARTÍCULO TERCERO: La IPRESS “SERVICIOS DE SALUD VIRGEN ASUNTA S.A.C. está obligada a dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 007-2016-MTC, respecto a las obligaciones señaladas en el artículo 45 de la mencionada norma. Ante la verificación del incumplimiento de las obligaciones antes señaladas, previo procedimiento administrativo sancionador, se aplicarán las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones relacionadas con la expedición de certificados de salud para licencias de conducir, con la subsiguiente declaración de suspensión o cancelación de la autorización, de ser el caso.
ARTÍCULO CUARTO: REMÍTASE copia de la presente Resolución a la Dirección de Circulación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, si como también, a la Superintendencia de Transporte Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, para los fines que estime conveniente de acuerdo al cumplimiento de su normativa vigente;
ARTÍCULO QUINTO: ORDENAR la notificación de la presente Resolución al Administrado, y su publicación en el Portal Institucional de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones – Amazonas, bajo responsabilidad.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES