Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 861-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000861-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
5 de diciembre de 2024
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR NUEVA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTE TURISMO EXPRESSO DEL VALLE S.A.C representado por su gerente general JORGE TRIGOSO PORTOCARRERO, respecto a la unidad vehicular de categoría M2 y con placa de rodaje CLF-284., basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 742-2024- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha, 11 de noviembre del 2024 que otorgó la autorización a la EMPRESA DE TRANSPORTE TURISMO EXPRESSO DEL VALLE S.A.C.” para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: CHACHAPOYAS - NUEVO TINGO (PROV. LUYA) - BALSAS (PROV. CHACHAPOYAS) y viceversa; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje CLF-284 que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Señor: JORGE TRIGOSO PORTOCARRERO, gerente general de la EMPRESA DE TRANSPORTE TURISMO EXPRESSO DEL VALLE S.A.C.” en su domicilio real: JR. TRIUNFO CDR 1. STAND B-07, ESTANCION DE RUTA DISTRITO DE CHACHAPOYAS- PROV.DE CHACHAPOYAS, REGIÓN AMAZONAS; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO SEGUNDO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje CLF-284 que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Señor: JORGE TRIGOSO PORTOCARRERO, gerente general de la EMPRESA DE TRANSPORTE TURISMO EXPRESSO DEL VALLE S.A.C.” en su domicilio real: JR. TRIUNFO CDR 1. STAND B-07, ESTANCION DE RUTA DISTRITO DE CHACHAPOYAS- PROV.DE CHACHAPOYAS, REGIÓN AMAZONAS; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES