Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 515-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000515-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
22 de agosto de 2024
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR NUEVA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTE TURISMO EXPESSO DEL VALLE S.A.C, representado por su Gerente General JORGE TRIGOSO PORTOCARRERO, respecto a la unidad vehicular de categoría M2 con placa de rodaje N°M3U-
951, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 500-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha, 20 de diciembre de 2023, se otorgó la autorización a la EMPRESA DE TRANSPORTE TURISMO EXPESSO DEL VALLE S.A.C, para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: SAN NICOLAS (RODRIGUEZ DE MENDOZA) – PROGRESO (PROVINCIA DE BONGARA) y VICEVERSA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje N°M3U-951, que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO TERCERO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener su vehículo en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del
SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión ilegal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. en su condición de Gerente General JORGE TRIGOSO PORTOCARRERO de la EMPRESA DE TRANSPORTE TURISMO EXPESSO DEL VALLE S.A.C en su domicilio real: Jr. triunfo crdra.1, stand. b7, estación de ruta, distrito de Chachapoyas-Amazonas; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
951, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 500-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha, 20 de diciembre de 2023, se otorgó la autorización a la EMPRESA DE TRANSPORTE TURISMO EXPESSO DEL VALLE S.A.C, para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: SAN NICOLAS (RODRIGUEZ DE MENDOZA) – PROGRESO (PROVINCIA DE BONGARA) y VICEVERSA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje N°M3U-951, que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO TERCERO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener su vehículo en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del
SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión ilegal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. en su condición de Gerente General JORGE TRIGOSO PORTOCARRERO de la EMPRESA DE TRANSPORTE TURISMO EXPESSO DEL VALLE S.A.C en su domicilio real: Jr. triunfo crdra.1, stand. b7, estación de ruta, distrito de Chachapoyas-Amazonas; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES