Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 538-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000538-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

27 de agosto de 2024

ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR LA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTES SOL AMAZONENSE S.A., representado por su Gerente General JUAN QUINTANA CHAVEZ, respecto a la unidad vehicular de categoría M2 con placa de rodaje N°D8N-965, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N°0231-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha, 03 de mayo de 2019, se otorgó la autorización a la EMPRESA DE TRANSPORTES SOL AMAZONENSE S.A., para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: CHACHAPOYAS – CORRAL QUEMADO (UTCUBAMBA) y VICEVERSA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje N°D8N-965 que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.

ARTÍCULO TERCERO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC

ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener su vehículo en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.

ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión ilegal, se procederá a anular el Acto Administrativo.

ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. en su condición de Gerente General JUAN QUINTANA CHAVEZ de la EMPRESA DE TRANSPORTES SOL AMAZONENSE S.A., en su domicilio real: Jr. Marginal Pedro Ruiz Gallo; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES

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