Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 614-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000614-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
26 de setiembre de 2024
ARTÍCULO PRIMERO: ACEPTAR, la RENUNCIA, presentada por el Ing. LUIS FABRICIANO SUAREZ CHINCHAY, como RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE ABASTECIMIENTO de la DRTC-A, bajo el D. L. 1057-CAS, en consecuencia DAR POR CONCLUIDO EL VINCULO LABORAL, por causal de renuncia voluntaria, con eficacia anticipada a partir del 18 de agosto de 2024, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: EXONERAR al servidor arriba citado del plazo de treinta (30) días para comunicar su renuncia a la entidad contratante, conforme lo establecido inciso c) del artículo 13º del Decreto Supremo Nº 75-2008-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Oficina de Administración, el otorgamiento de sus Derechos Económicos que correspondan, si fuera el caso, hasta el último día efectivo de labores, según la fecha de ingreso laboral y fecha de cese consignándose precedentemente.
ARTÍCULO CUARTO: DAR LAS GRACIAS, al Ing. LUIS FABRICIANO SUAREZ CHINCHAY por los servicios prestados a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Amazonas.
ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFÍQUESE el presente acto resolutivo a las instancias internas y al interesado en su domicilio real ubicado en la Calle Atahualpa C 03 S/N del Distrito de Bagua, Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas para su conocimiento y fines; así mismo DISPONER que la publicación de la presente resolución se realice en el portal institucional de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones – Amazonas.
ARTÍCULO SEGUNDO: EXONERAR al servidor arriba citado del plazo de treinta (30) días para comunicar su renuncia a la entidad contratante, conforme lo establecido inciso c) del artículo 13º del Decreto Supremo Nº 75-2008-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Oficina de Administración, el otorgamiento de sus Derechos Económicos que correspondan, si fuera el caso, hasta el último día efectivo de labores, según la fecha de ingreso laboral y fecha de cese consignándose precedentemente.
ARTÍCULO CUARTO: DAR LAS GRACIAS, al Ing. LUIS FABRICIANO SUAREZ CHINCHAY por los servicios prestados a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Amazonas.
ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFÍQUESE el presente acto resolutivo a las instancias internas y al interesado en su domicilio real ubicado en la Calle Atahualpa C 03 S/N del Distrito de Bagua, Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas para su conocimiento y fines; así mismo DISPONER que la publicación de la presente resolución se realice en el portal institucional de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones – Amazonas.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES