Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 659-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000659-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

3 de octubre de 2024

ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER la BAJA VEHICULAR de la unidad de placa de rodaje M5D-473, el cual se ha habilitado mediante Resolución Directoral Regional Sectorial N° 204-2024-Gobierno Regional Amazonas/DRTC, de fecha 08 de mayo del 2024, en la EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESS TOURS HUARANDOZA S.R.L, para prestar el servicio de transporte regular de personas de ámbito regional en la ruta SANTA MARÍA DE NIEVA (CONDORCANQUI) - CORRAL QUEMADO (UTCUBAMBA) y viceversa, en atención al artículo 68° y 70° del Decreto Supremo N° 017- 2009-MTC y modificatorias.

ARTICULO SEGUNDO: AUTORIZAR LA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTES “ELOYZA TOURS S.A.C, representado por su Gerente General JOSE WILMER RUIZ CIEZA, respecto a la unidad vehicular de categoría M2 con placa de rodaje M5D-473 y M5I-
201, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 328-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 10/06/2019, y su modificatoria RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 102-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 22/03/2024, se otorgó la autorización a la EMPRESA DE TRANSPORTES “ELOYZA TOURS S.A.C, para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: PROGRESO (BONGARÁ) – CORRAL QUEMADO (UTCUBAMBA) y VICEVERSA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

ARTICULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje N° M5D-473 y M5I-201, que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.

ARTÍCULO CUARTO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC.

ARTÍCULO QUINTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener su vehículo en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.

ARTÍCULO SEXTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión ilegal, se procederá a anular el Acto Administrativo.

ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. en su condición de Gerente General JOSE WILMER RUIZ CIEZA de la EMPRESA DE TRANSPORTES “ELOYZA TOURS S.A.C.” y el Gerente General: RECALDE MANAYAY SIMEON de la EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESS TOURS HUARANDOZA S.R.L en su asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES

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