Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 813-2021-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000813-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
27 de noviembre de 2024
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR LA HABILITACIÓN VEHICULAR a la “EMPRESA DE TRANSPORTES “LUYA TOURS S.R.L.”, representado por su Gerente General GELLER ENRIQUE ZAGACETA RUIZ, respecto a las unidades vehiculares de categoría M2 con placas de rodaje AYE-876, M5W-954, ATY-711 y M2F-441. basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL 0572-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 26/08/2019, se otorgó la autorización a “EMPRESA DE TRANSPORTES “LUYA TOURS S.R.L.”, para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: de la LAMUD – LUYA – CHACHAPOYAS y viceversa por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTICULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a las unidades vehiculares que se autoriza, toda vez, que la vigencia del certificado de habilitación vehicular de los vehículos categoría M2 de placas de rodaje AYE-876, M5W-954 y ATY-711 será hasta el 26 de agosto de 2029 y del vehículo de placa de rodaje M2F-441 será hasta el 31 de diciembre de 2027, por encontrarse conforme al artículo 26° Titularidad de los vehículos, del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC y el artículo 25 numeral 25.1.1 del Decreto Supremo Nº 015-2017-MTC, por lo que se efectuará a partir de la emisión de la resolución de Autorización de ruta.
ARTÍCULO TERCERO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión ilegal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. GELLER ENRIQUE ZAGACETA RUIZ en su condición de Gerente General de la “EMPRESA DE TRANSPORTES “LUYA TOURS S.R.L”. asimismo, se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
ARTICULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a las unidades vehiculares que se autoriza, toda vez, que la vigencia del certificado de habilitación vehicular de los vehículos categoría M2 de placas de rodaje AYE-876, M5W-954 y ATY-711 será hasta el 26 de agosto de 2029 y del vehículo de placa de rodaje M2F-441 será hasta el 31 de diciembre de 2027, por encontrarse conforme al artículo 26° Titularidad de los vehículos, del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC y el artículo 25 numeral 25.1.1 del Decreto Supremo Nº 015-2017-MTC, por lo que se efectuará a partir de la emisión de la resolución de Autorización de ruta.
ARTÍCULO TERCERO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión ilegal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. GELLER ENRIQUE ZAGACETA RUIZ en su condición de Gerente General de la “EMPRESA DE TRANSPORTES “LUYA TOURS S.R.L”. asimismo, se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES