Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000489-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS / DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 000489-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS / DRTC
13 de agosto de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR LA NUEVA RUTA PARA PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL REGULAR DE PERSONAS DE ÁMBITO REGIONAL para cubrir la ruta: LEYMEBAMBA (PROV. CHACHAPOYAS) – CHACHAPOYAS (PROV. CHACHAPOYAS) y viceversa.
ARTÍCULO SEGUNDO: Se declare PROCEDENTE lo solicitado por el administrado Sr. ELFEER ROMELIO AGUILAR SOLSOL, Gerente General de la “EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO KUELAP S.R.L.” en el sentido de otorgar LA MODIFICACION DE LA NUEVA RUTA DE AUTORIZACIÓN PARA PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL REGULAR DE PERSONAS DE ÁMBITO REGIONAL para cubrir la ruta: LEYMEBAMBA (PROV. CHACHAPOYAS) – CHACHAPOYAS (PROV. CHACHAPOYAS) y viceversa, debiendo emitirse el auto resolutivo correspondiente.
ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar identificado la Razón Social de la Empresa (Logotipo) y la Leyenda del SERVICIO que presta, en l parte frontal, superior y lateral del vehículo.
ARTÍCULO CUARTO: Dejar sin efecto la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL Nº260-2019 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 27 de mayo del 2019.
ARTÍCULO QUINTO: Se recomienda que todo acto resolutivo de incrementó de flota vehicular a la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N°260-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 27/05/2019, de la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO KUELAP S.R.L., con RUC N°20602681352 y registrada en la SUNARP con la Partida Registral N° 1103234, que se otorgó antes de la modificatoria de ruta sea actualizada con la nueva ruta.
ARTICULO SEXTO: ENCARGAR, a la unidad de Registro y a la Dirección de Circulación Terrestre y Trasporte Acuático de la Dirección Regional de Trasporte y Comunicaciones Amazonas, velar por el estricto cumplimiento de los dispuesto en la presente Resolución.
ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFIQUESE la presente resolución al Sr. ELFEER ROMELIO AGUILAR SOLSOL, Gerente General de la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO KUELAP S.R.L., en su domicilio real: Jr. Kuelap Nro. S/N C.C. Tingo (A 2 Casas De La Plaza De Armas) Amazonas - Luya - Tingo; de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N°006-2017-JUS T.U.O de la Ley N°27444-Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR LA NUEVA RUTA PARA PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL REGULAR DE PERSONAS DE ÁMBITO REGIONAL para cubrir la ruta: LEYMEBAMBA (PROV. CHACHAPOYAS) – CHACHAPOYAS (PROV. CHACHAPOYAS) y viceversa.
ARTÍCULO SEGUNDO: Se declare PROCEDENTE lo solicitado por el administrado Sr. ELFEER ROMELIO AGUILAR SOLSOL, Gerente General de la “EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO KUELAP S.R.L.” en el sentido de otorgar LA MODIFICACION DE LA NUEVA RUTA DE AUTORIZACIÓN PARA PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL REGULAR DE PERSONAS DE ÁMBITO REGIONAL para cubrir la ruta: LEYMEBAMBA (PROV. CHACHAPOYAS) – CHACHAPOYAS (PROV. CHACHAPOYAS) y viceversa, debiendo emitirse el auto resolutivo correspondiente.
ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar identificado la Razón Social de la Empresa (Logotipo) y la Leyenda del SERVICIO que presta, en l parte frontal, superior y lateral del vehículo.
ARTÍCULO CUARTO: Dejar sin efecto la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL Nº260-2019 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 27 de mayo del 2019.
ARTÍCULO QUINTO: Se recomienda que todo acto resolutivo de incrementó de flota vehicular a la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N°260-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 27/05/2019, de la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO KUELAP S.R.L., con RUC N°20602681352 y registrada en la SUNARP con la Partida Registral N° 1103234, que se otorgó antes de la modificatoria de ruta sea actualizada con la nueva ruta.
ARTICULO SEXTO: ENCARGAR, a la unidad de Registro y a la Dirección de Circulación Terrestre y Trasporte Acuático de la Dirección Regional de Trasporte y Comunicaciones Amazonas, velar por el estricto cumplimiento de los dispuesto en la presente Resolución.
ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFIQUESE la presente resolución al Sr. ELFEER ROMELIO AGUILAR SOLSOL, Gerente General de la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO KUELAP S.R.L., en su domicilio real: Jr. Kuelap Nro. S/N C.C. Tingo (A 2 Casas De La Plaza De Armas) Amazonas - Luya - Tingo; de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N°006-2017-JUS T.U.O de la Ley N°27444-Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES