Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 265-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000265-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
15 de mayo de 2024
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR LA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTE EVANGELIO PODER DE DIOS E.I.R.L., representado por su Gerente General – ARCENIO BARBOZA CASTILLO, respecto a la unidad vehicular de categoría M2 con placa de rodaje N°T8V-
960, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N°01569-2022-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha, 27 de setiembre del 2022, que otorgó la autorización a la EMPRESA DE TRANSPORTE EVANGELIO PODER DE DIOS E.I.R.L., para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: RODRIGUEZ DE MENDOZA - CHACHAPOYAS – KUELAP (PROVINCIA DE LUYA) – CHACHAPOYAS – SECTOR ALTO NIEVA (PROVINCIA DE BONGARA) y VICEVERSA; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje N°T8V-960, que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
960, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N°01569-2022-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha, 27 de setiembre del 2022, que otorgó la autorización a la EMPRESA DE TRANSPORTE EVANGELIO PODER DE DIOS E.I.R.L., para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: RODRIGUEZ DE MENDOZA - CHACHAPOYAS – KUELAP (PROVINCIA DE LUYA) – CHACHAPOYAS – SECTOR ALTO NIEVA (PROVINCIA DE BONGARA) y VICEVERSA; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje N°T8V-960, que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES