Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000215-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 000215-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

8 de mayo de 2024

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR
al infractor el señor RUPERTO HUANCAS CONDOR, Identificado con DNI N.° 41879359, conductor del vehículo con placa de Rodaje Nº XC-1344, con la multa que asciende a la suma de S/ 257.50 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 50/100 soles) equivalente a 0.05 de la UIT vigente, mediante el Acta de Fiscalización N.° 000852, de fecha 13 de septiembre de 2023, con código S-2.c., de acuerdo a lo establecido en el anexo 2 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Reglamento Nacional de Administración de Transporte.
  • S.2
  • INFRACCIÓN DEL TRANSPORTISTA: Utilizar vehículos que no cuenten con alguno o cualquiera de los elementos de seguridad y emergencia, siguientes:
    c) Botiquín equipado para brindar primeros auxilios.
  • Multa de 0.05 de la UIT- equivalente a S/ 257.50 (Doscientos cincuenta y siete con 50/100 soles).
  • Leve
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que, bajo apercibimiento de no cumplir con la cancelación del Acta de fiscalización dentro del plazo 15 (quince) días se remitirá todos los actuados a la Oficina Ejecutora de Cobranza Coactiva para que proceda conforme a sus atribuciones; asimismo, remitir la deuda a las centrales de riesgo INFOCORP para la filtración de multa y datos personales.
ARTÍCULO TERCERO: Los pagos, en razón a las Multas derivadas de Infracciones se tienen que cancelar, en la Unidad caja de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas.
ARTÍCULO CUARTO: PÓNGASE, de conocimiento al administrado que dentro de los quince (15) días hábiles después de notificado la Resolución de Sanción, tiene el beneficio del 30% de descuento del total de la infracción impuesta.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR a la Dirección de Circulación de Trasporte y Terrestre Acuático, el cumplimiento de la notificación al infractor de acuerdo al artículo 18° numeral 18.1, de la Ley General de procedimientos Administrativos General Ley N° 27444.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFICAR al Sr. RUPERTO HUANCAS CONDOR, en el su domicilio ubicado en el CASERÍO LA FLORIDA, Distrito de Cajaruro, Provincia de Utcubamba, Departamento de Amazonas, la presente Resolución en Virtud a lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.

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