Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000204-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 000204-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

8 de mayo de 2024

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR
LA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESS TOURS HUARANDOZA S.R.L., representado por su Gerente General SIMEON RECALDE MANAYAY, respecto a las unidades vehiculares de categoría M2 con placas de rodaje N° M6U-966, M6Y-956, M5H-063, M6Z-968, S1C-952, M5D-473, M5M-669 y M6E-967, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 0229-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 05 de marzo de 2019, se otorgó la autorización a la EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESS TOURS HUARANDOZA S.R.L., para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: SANTA MARIA DE NIEVA (CONDORCANQUI) – CORRAL QUEMADO (UTCUBAMBA) y VICEVERSA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje N° M6E-967 para prestar el servicio de transporte público, teniendo en cuenta el Artículo 26° Titularidad de los vehículos y el Artículo 25° Antigüedad de los vehículos de Transporte Terrestres, se otorgará hasta el 2034 computados a partir de la emisión de la Resolución de Autorización de ruta, sometiéndose a control posterior. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda.
ARTICULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a las unidades vehiculares que se autoriza, con placas de rodaje N° M6U-966, M6Y-956, M5H-063, M6Z-968, S1C-952, M5D-473 y M5M-669, que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO CUARTO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, a los CONDUCTORES, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC; conforme se detalla a continuación:
  • VILCHERREZ AHUANARI RAYMUNDO BENJAMN
  • CUBAS ROJAS NORBERTO
  • CALLE BERRU ROGELIO
  • TENORIO MERA ROGELIO FELIX
  • PINTADO BUENO WILLIAM
  • BANDA TARRLLO JORGE
  • ROJAS CONDEZO ENOFRE
  • RECALDE MANAYAY SIMEON
ARTÍCULO QUINTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO SEXTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión ilegal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEPTIMO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. en su condición de Gerente General SIMEON RECALDE MANAYAY de la EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESS TOURS HUARANDOZA S.R.L., en su domicilio real: JR. Luis Valcárcel C-01 de la Provincia de Bagua, Región Amazonas; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES

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