Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000107-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 000107-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

27 de marzo de 2024

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR
NUEVA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTES SOL AMAZONENSE, representado por su Gerente General – JUAN QUINTANA CHAVEZ, respecto a las unidades vehiculares de categoría M2 con placas de rodaje N° S1Y-955, W3Y-963, ALU-807, C7H-742, P2R-390 y T6O-434, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL Nº 231-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 03 de mayo del 2019 que otorgó la autorización a la
EMPRESA DE TRANSPORTES SOL AMAZONENSE S.A, para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: CHACHAPOYAS - CORRAL QUEMADO (UTCUBAMBA) y VICEVERSA; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a las unidades vehiculares que se autoriza, con placas de rodaje N° S1Y-955, W3Y-963, ALU-807, C7H-742, P2R-390 y T6O-434, que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO TERCERO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC; conforme se detalla a continuación:
  • LOPEZ CHUQUIZUTA BEYMER
  • RAMOS LLANTANCE YENNER
  • CHAUCA HIDALGO JACOB
  • BUSTAMENTE TANTALEAN JANNY
  • COMECA QUINTANA SOLIN
  • HUAMAN VILCA EDBAR
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión ilegal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. JUAN QUINTANA CHAVEZ en su condición de Gerente General de la EMPRESA DE TRANSPORTES SOL AMAZONENSE S.A, en su domicilio real: Jr Marginal Pedro Ruiz Gallo; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES

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