Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000105-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 000105-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
26 de marzo de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR NUEVA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTES “RAYMI EXPRESS” S.R.L, representado por su Gerente General, JORGE ANDERZON VERA VEGA, respecto a las unidades vehiculares de categoría M2 y con placa de rodaje N°F6K-693 Y M5S-213, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 0542-2020-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha, 12 de noviembre del 2020, que otorgó la autorización a la EMPRESA DE TRANSPORTES “RAYMI EXPRESS” S.R.L, para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: CHACHAPOYAS-NUEVO TINGO (LUYA) -BALSAS ( CHACHAPOYAS) y VICEVERSA; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a las unidades vehiculares, con placas de rodaje N°F6K-693 Y M5S-213, por el plazo de un (01) año, que se contabilizará a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO TERCERO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, a los CONDUCTORES, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC; conforme se detalla a continuación:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR NUEVA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTES “RAYMI EXPRESS” S.R.L, representado por su Gerente General, JORGE ANDERZON VERA VEGA, respecto a las unidades vehiculares de categoría M2 y con placa de rodaje N°F6K-693 Y M5S-213, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 0542-2020-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha, 12 de noviembre del 2020, que otorgó la autorización a la EMPRESA DE TRANSPORTES “RAYMI EXPRESS” S.R.L, para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: CHACHAPOYAS-NUEVO TINGO (LUYA) -BALSAS ( CHACHAPOYAS) y VICEVERSA; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a las unidades vehiculares, con placas de rodaje N°F6K-693 Y M5S-213, por el plazo de un (01) año, que se contabilizará a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO TERCERO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, a los CONDUCTORES, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC; conforme se detalla a continuación:
- TELLO GONZALES JUAN CARLOS
- VASQUEZ MUÑOZ EBER TOBIAS
ARTÍCULO QUINTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO SEXTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEPTIMO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. JORGE ANDERZON VERA VEGA en su condición de Gerente General de la EMPRESA DE TRANSPORTES “RAYMI EXPRESS” S.R.L, en su domicilio real: Jr. Dos De Mayo Nº480 Palmira Compresión Del Distrito De Leymebamba, Provincia De Chachapoyas, Región Amazonas; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO SEXTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEPTIMO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. JORGE ANDERZON VERA VEGA en su condición de Gerente General de la EMPRESA DE TRANSPORTES “RAYMI EXPRESS” S.R.L, en su domicilio real: Jr. Dos De Mayo Nº480 Palmira Compresión Del Distrito De Leymebamba, Provincia De Chachapoyas, Región Amazonas; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES