Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000069-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 000069-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

5 de marzo de 2024

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR
NUEVA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS TURÍSTICOS CRISTO LUZ DEL MUNDO E.I.R.L, representado por su Gerente General - ROBINSON GUIOP CULQUI, respecto a la unidad vehicular de categoría M2 y con placa de rodaje N° M4S - 965, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL Nº170-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 16 de abril del 2019 que otorgó la autorización a la EMPRESA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS TURÍSTICOS CRISTO LUZ DEL MUNDO E.I.R.L, para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: CHACHAPOYAS - SAN FRANCISCO DEL YESO (LUYA) y VICEVERSA; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, de acuerdo con el Artículo 71 del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC; conforme se detalla a continuación:
  • LLEFERSON TAFUR YOPLAC
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje N° M4S – 965 que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. ROBINSON GUIOP CULQUI en su condición de Gerente General de la EMPRESA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS TURÍSTICOS CRISTO LUZ DEL MUNDO E.I.R.L,en su domicilio real: Calle 1 Nro. S/n Anexo Yerbabuena (A 1 cdra de Centro de Salud) Amazonas - Chachapoyas - La Jalca; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a las Unidades Orgánicas de la Entidad, para los fines correspondientes.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES

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