Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000040-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 000040-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
8 de febrero de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR NUEVA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la “EMPRESA DE TRANSPORTE TURISMO KUELAP S.R.L.” representado el Sr. ELFEER ROMELIO AGUILAR SOLSOL en su condición de GERENTE GENERAL, respecto a la UNIDAD VEHICULAR de categoría m2 y con PLACA DE RODAJE N° F4T, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N.º 260-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 27 de MAYO del 2019 que otorgó la AUTORIZACIÓN a la “EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO KUELAP S.R.L.”, para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la Ruta: LEYMEBAMBA (CHACHAPOYAS) - PROGRESO (BONGARÁ) Y VICEVERSA; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, que se detalla a continuación:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR NUEVA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la “EMPRESA DE TRANSPORTE TURISMO KUELAP S.R.L.” representado el Sr. ELFEER ROMELIO AGUILAR SOLSOL en su condición de GERENTE GENERAL, respecto a la UNIDAD VEHICULAR de categoría m2 y con PLACA DE RODAJE N° F4T, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N.º 260-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 27 de MAYO del 2019 que otorgó la AUTORIZACIÓN a la “EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO KUELAP S.R.L.”, para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la Ruta: LEYMEBAMBA (CHACHAPOYAS) - PROGRESO (BONGARÁ) Y VICEVERSA; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, que se detalla a continuación:
- EYMER CHUQUIMBALQUI PICON
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la UNIDAD VEHICULAR que se AUTORIZA, con PLACA DE RODAJE N° F4T-039, que se contabilizará por el plazo de UN (01) AÑO a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. ELFEER ROMELIO AGUILAR SOLSOL en su condición de GERENTE GENERAL de la EMPRESA DE TRANSPORTE “TURISMO KUELAP S.R.L”, en su domicilio real: Jr. Kuelap Nro. S/N C.C. Tingo (A 2 Casas De La Plaza De Armas) Amazonas - Luya - Tingo; de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. ELFEER ROMELIO AGUILAR SOLSOL en su condición de GERENTE GENERAL de la EMPRESA DE TRANSPORTE “TURISMO KUELAP S.R.L”, en su domicilio real: Jr. Kuelap Nro. S/N C.C. Tingo (A 2 Casas De La Plaza De Armas) Amazonas - Luya - Tingo; de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES