Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 00171-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 000171-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

23 de abril de 2024

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR NUEVA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTE TRAVEL COMPANY & MULTISERVICES AMAZON E.I.R.L, representado por su Gerente General PEDRO TENORIO BAZAN, respecto a las unidades vehiculares de categoría M2 con placas de rodaje N°T1L-784, N° AMU-710, N°T1Q-292, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N°068-2022-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha, 22 de febrero de 2022, se otorgó la autorización a la EMPRESA DE TRANSPORTE TRAVEL COMPANY & MULTISERVICES AMAZON E.I.R.L, para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: CHACHAPOYAS – NUEVO TINGO (PROVINCIA DE LUYA) – YERBABUENA - MONTEVIDEO Y VICEVERSA; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a las unidades vehiculares que se autoriza, con placas de rodaje N°T1L-784, N° AMU-710, N°T1Q-292, que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular cuando corresponda hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO TERCERO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, de acuerdo con el Artículo 71° del DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC; conforme se detalla a continuación:
  • HUABLOCHO BAZAN RODOMIRO.
  • VERA ALCEDO DOMINGO OSCAR.
  • REVILLA EPQUIN HAILEY.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión ilegal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. en su condición de Gerente General PEDRO TENORIO BAZAN de la EMPRESA DE TRANSPORTE TRAVEL COMPANY & MULTISERVICES AMAZON E.I.R.L, en su domicilio real: Av. Celendín Nro. S/N Anx. Yerbabuena Amazonas - Chachapoyas - La Jalca; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES

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