Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 0381-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS-DRTC-A
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N.º 0381-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
1 de setiembre de 2023
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS TURÍSTICOS CRISTO
LUZ DEL MUNDO E.I.R.L. representado por su gerente general ROBINSON GUIOP CULQUI respecto a la unidad vehicular de categoría M2 y con Placa de rodaje N° Z0Y-951, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 170-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 16/04/2019 que renovó la autorización a dicha empresa, para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: CHACHAPOYAS - FRANCISCO DEL YESO (LUYA) y viceversa; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, EIVER ANTONIO
SILVA MAICELO.
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje Z0Y-951 que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje Z0Y-951 que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO °UINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al señor: ROBINSON GUIOP CULQUI, gerente general de la "EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURÍSTICOS CRISTO LUZ DEL MUNDO E.I.R.L" en su domicilio real: CALLE 1 S/N ANEXO YERBABUENA A UNA CUADRA DEL CENTRO DE SALUD, DISTRITO LA JALCA Y PROVINCIA DE CHACHAPOYAS, REGIÓN AMAZONAS; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES