Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 0379-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS-DRTC-A
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N.º 0379-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
1 de setiembre de 2023
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR la HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTES EVANGELIO PODER DE DIOS E.I.R.L representado por el gerente general ARCENIO BARBOZA CASTILLO respecto a la unidad vehicular de categoría M2 y con Placa de rodaje N° M6J-956. Basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 1573-2022-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC de fecha 28/09/2022 que renovó la autorización a la Empresa de transportes EVANGELIO PODER DE DIOS E.I.R.L. para prestar el servicio de transporte público regular de personas dentro de la ruta autorizada: CHACHAPOYAS -BAGUA-CORRAL QUEMADO (PROV. UTCUBAMBA) y viceversa.
ARTÍCULO SEGUNDO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, JORGE LUIS SANCHEZ MENDOZA.
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje M6J-956 que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al señor: ARCENIO BARBOZA CASTILLO, gerente general de la EMPRESA DE TRANSPORTES "EVANGELIO PODER DE DIOS E.I.R.L" en su domicilio real: JR. TRIUNFO CDRA. 1 STAND A-03 ESTACIÓN DE RUTA, PROVINCIA DE CHACHAPOYAS, REGIÓN AMAZONAS; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES