Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 0329-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS-DRTC-A
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N.º 0329-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
9 de agosto de 2023
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la EMPRESA DE TRANSPORTES EVANGELIO PODER DIOS E.I.R.L. representado por su gerente general ARCENIO BARBOZA CASTILLO respecto a la unidad vehicular de categoría M2 y con Placa de rodaje N° BKG-555 y BXB-178, basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 1573-2022-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 28/09/2022 que otorgó la autorización a la Empresa de transportes "EVANGELIO PODER DE DIOS E.I.R.L" para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: CHACHAPOYAS - BAGUA-CORRAL QUEMADO- (PROVINCIA DE UTCUBAMBA) y viceversa; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, Alinder Valle Lopez; servan Edilberto.
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN
VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, con placa de rodaje BKG-555 y BXB-178 que se contabilizará por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de habilitación de incremento de flota vehicular. Exhortándose a renovar la vigencia del SOAT y la vigencia del certificado de inspección técnica vehicular hasta la fecha autorizada.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Señor: ARCENIO BARBOZA CASTILLO, gerente general de la EMPRESA DE TRANSPORTES "EVANGELIO PODER DE DIOS E.I.R.L" en su domicilio real: Jr. TRIUNFO CDRA.1, STAND. A-03 ESTACION DE RUTA, distrito y provincia de Chachapoyas, región Amazonas; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES