Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 0083-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS-DRTC-A
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N.º 0083-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
15 de marzo de 2023
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR LA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA A LA "EMPRESA DE TRANSPORTES EVANGELIO PODER DE DIOS E.I.R.V representado por el Sr. ARCENIO BARBOZA CASTILLO en su condición de Gerente General, respecto a la unidad vehicular de categorías M2 y con Placas de rodaje N° C31-967 y CDK-495. Basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 1569-2022-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 27/09/2022, que renovó la autorización a la Empresa de Transportes Evangelio Poder de Dios E.I.R.L. para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la ruta: Rodriguez de Mendoza-Chachapoyas — Kuelap (Provincia de Luya)Chachapoyas-Sector Alto Nieva (Provincia de Bongará) y viceversa por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR,
Edward Cruz Culqui y Denis Jhoel Goicochea Gallardo.
ARTÍCULO SEGUNDO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR,
Edward Cruz Culqui y Denis Jhoel Goicochea Gallardo.
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a las unidades vehiculares que se Autoriza, en cumplimiento a lo que dispone el Artículo 64° Numeral 64.2, se contabilizara por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de Autorización de incremento de flota vehicular.
ARTICULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. ARCENIO BARBOZA CASTILLO, gerente general de la EMPRESA DE TRANSPORTES EVANGELIO PODER DE DIOS E.I.R.L. en su domicilio legal de la empresa, cito en la Jr. Triunfo Cdra. 1 STAND A-03, estación de ruta distrito de Chachapoyas, Prov. de Chachapoyas, Región Amazonas; asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES