Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 0076-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS-DRTC-A
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N.º 0076-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
10 de marzo de 2023
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO:AUTORIZAR LA HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA A LA "EMPRESA DE TRANSPORTE TRAVEL COMPANY Y MULTISERVICES AMAZON E.I.R.L" representado el Sr. PEDRO TENORIO BAZAN en su condición de Gerente General, respecto a la unidad de categorías M2 y con Placa de rodaje N°. M5Q-960 basándose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 068-2022-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 22/02/2022, que renovó la autorización a la Empresa de Empresa de Transporte Travel Company Y Multiservices Amazon E.I.R.L para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la en la ruta: Chachapoyas - como escala comercial Nuevo Tingo (Luya)- Yerbabuena y destino final Montevideo y viceversa, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: HABILITAR por el periodo de un (01) año, a partir de la emisión de la presente resolución, al CONDUCTOR, Jairo Vergaray Tafur.
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a las unidades vehiculares que se Autoriza, en cumplimiento a lo que dispone el Artículo 64° Numeral 64.2, se contabilizara por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de Autorización de incremento de flota vehicular.
ARTICULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a las unidades vehiculares que se Autoriza, en cumplimiento a lo que dispone el Artículo 64° Numeral 64.2, se contabilizara por el plazo de un (01) año a partir de la emisión de la presente resolución de Autorización de incremento de flota vehicular.
ARTICULO CUARTO: PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar Identificado la Razón Social de la Empresa (logotipo) y la leyenda del SERVICIO que presta, en la parte frontal, superior y lateral del Vehículo.
ARTÍCULO QUINTO: En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. PEDRO TENORIO BAZAN, gerente general de La Empresa De Transporte Travel Company y Multiservices Amazon E.I.R.L en su domicilio legal en el Jr. Montevideo S/N, del distrito de Montevideo, provincia de Chachapoyas, Región Amazonas, asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente Resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES