Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 0047-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS-DRTC-A
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N.º 0047-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
10 de febrero de 2023
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO:DECLARAR PROCEDENTE la Solicitud de Pago del Derecho de Vacaciones No Gozadas y la Compensación por Vacaciones Truncas del Administrado JUAN DANIEL LINARES DIAZ del periodo 2019 al 2022, por el Monto Total de S/ 13,193.88 (Trece mil ciento noventa y tres con 88/ 100 soles) al encontrarse extinguido su vinculo laboral con la Entidad bajo la Modalidad de Contratación Administrativa de Servicios, regida el Decreto Legislativo N.°1057.
ARTICULO SEGUNDO: SE AUTORICE a la Dirección de Administración y sus áreas orgánicas realizar el cálculo correspondiente por vacaciones no gozadas y compensación por vacaciones truncas a favor del administrado en base al INFORME N.º 036-2023-G.R. AMAZONAS/DRTC-OA del 07/2/2023 y el cuadro anexo a la presente, que considera la modificación impuesta al art. 8.6 del Reglamento del D, Leg N.º 1057 por el artículo 1 del Decreto Supremo N.º065-2011-pcm, en el extremo del cálculo de la Compensación por Vacaciones Truncas referido a considerarse solo el 50% de la retribución del trabajador cesante; considerándose los descuentos previsionales y de salud previstos por Ley. Asimismo, se Proceda a emitir el Certificado de trabajo solicitado por el Administrado.
ARTICULO TERCERO: SE PONGA EN CONOCIMIENTO de la Dirección de planeamiento y Presupuesto para que realice las acciones que correspondan verificar la Disponibilidad Presupuestal para atender el Pago del Derecho Vacaciones No Gozadas y Compensación por Vacaciones Truncas del Administrado.
ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR al Administrado JUAN DANIEL LINARES DIAZ en su domicilio real sito en el Jr. puno N.º 382 Distrito y Provincia de Chachapoyas y a los Órganos competentes de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Amazonas.
ARTICULO PRIMERO:DECLARAR PROCEDENTE la Solicitud de Pago del Derecho de Vacaciones No Gozadas y la Compensación por Vacaciones Truncas del Administrado JUAN DANIEL LINARES DIAZ del periodo 2019 al 2022, por el Monto Total de S/ 13,193.88 (Trece mil ciento noventa y tres con 88/ 100 soles) al encontrarse extinguido su vinculo laboral con la Entidad bajo la Modalidad de Contratación Administrativa de Servicios, regida el Decreto Legislativo N.°1057.
ARTICULO SEGUNDO: SE AUTORICE a la Dirección de Administración y sus áreas orgánicas realizar el cálculo correspondiente por vacaciones no gozadas y compensación por vacaciones truncas a favor del administrado en base al INFORME N.º 036-2023-G.R. AMAZONAS/DRTC-OA del 07/2/2023 y el cuadro anexo a la presente, que considera la modificación impuesta al art. 8.6 del Reglamento del D, Leg N.º 1057 por el artículo 1 del Decreto Supremo N.º065-2011-pcm, en el extremo del cálculo de la Compensación por Vacaciones Truncas referido a considerarse solo el 50% de la retribución del trabajador cesante; considerándose los descuentos previsionales y de salud previstos por Ley. Asimismo, se Proceda a emitir el Certificado de trabajo solicitado por el Administrado.
ARTICULO TERCERO: SE PONGA EN CONOCIMIENTO de la Dirección de planeamiento y Presupuesto para que realice las acciones que correspondan verificar la Disponibilidad Presupuestal para atender el Pago del Derecho Vacaciones No Gozadas y Compensación por Vacaciones Truncas del Administrado.
ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR al Administrado JUAN DANIEL LINARES DIAZ en su domicilio real sito en el Jr. puno N.º 382 Distrito y Provincia de Chachapoyas y a los Órganos competentes de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Amazonas.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES