Resolución Directoral Regional N.° 0013-2022-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 0013-2022-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
14 de enero de 2022
A TRAVES DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. - AUTORIZAR la HABILITACION VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la empresa de Transporte y Servicios Turísticos "SELVA S.A", representado por su Gerente General el Sr. JOSÉ FERNANDO CAJUSOL CHAPOÑAN, respecto a las unidades vehiculares de categoría M2 con placas de rodaje N°:
ARTICULO PRIMERO. - AUTORIZAR la HABILITACION VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA a la empresa de Transporte y Servicios Turísticos "SELVA S.A", representado por su Gerente General el Sr. JOSÉ FERNANDO CAJUSOL CHAPOÑAN, respecto a las unidades vehiculares de categoría M2 con placas de rodaje N°:
- AKO-706
- M2O-768
- F7E-957
- P1S-755
- F4W-964
- S1Y-962
- D6E-955
- S1Z-961
- S1Y-958
- F5P-951
Basandose en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 0153-2012-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC, de fecha 02/05/2012, con la que se dio origen a la ruta: PUENTE NIEVA(BONGARÁ) - CORRAL QUEMADO(UTCUBAMBA) - BAGUA - LAMUD (LUYA) - RODIGUEZ DE MENDOZA - BALZAS (CHACHAPOYAS), y viceversa; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución;
ARTICULO SEGUNDO. - HABILITAR por el periodo que comprenderá hasta el termino de la autorización de la Empresa, a partir de la emisión de la presente resolución a los conductores que se detalla a continuación:
Conductores asociados
ARTICULO TERCERO. - OTORGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a las unidades vehiculares que se Autoriza, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 64° Numeral 64.2, plazo que se contabilizará en el termino de la autorización de la Empresa, a partir de la emisión de la presente resolución de aprobación de incremento de flota vehicular;
ARTICULO CUARTO. - PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar identificado la Razón Social de la Empresa(Logotipo) y la leyenda del servicio que presta, en la parte frontal, superior y lateral de vehículo;
ARTICULO QUINTO. - En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto administrativo.
ARTICULO SEXTO. - NOTIFIQUESE la presente resolución al Sr. JOSÉ FERNANDO CAJUSOL CHAPOÑAN, representante de la empresa de Transporte y Servicios Turísticos "SELVA S.A" en su domicilio Jr. Triunfo Cdra 01 Terminal Terrestre Municipal Chachapoyas - Amazonas, asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes;
ARTICULO SEGUNDO. - HABILITAR por el periodo que comprenderá hasta el termino de la autorización de la Empresa, a partir de la emisión de la presente resolución a los conductores que se detalla a continuación:

ARTICULO TERCERO. - OTORGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a las unidades vehiculares que se Autoriza, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 64° Numeral 64.2, plazo que se contabilizará en el termino de la autorización de la Empresa, a partir de la emisión de la presente resolución de aprobación de incremento de flota vehicular;
ARTICULO CUARTO. - PRECISAR que, el Transportista, se encuentra obligado a mantener sus vehículos en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo estar identificado la Razón Social de la Empresa(Logotipo) y la leyenda del servicio que presta, en la parte frontal, superior y lateral de vehículo;
ARTICULO QUINTO. - En caso de realizar la verificación posterior y de encontrarse una omisión legal, se procederá a anular el Acto administrativo.
ARTICULO SEXTO. - NOTIFIQUESE la presente resolución al Sr. JOSÉ FERNANDO CAJUSOL CHAPOÑAN, representante de la empresa de Transporte y Servicios Turísticos "SELVA S.A" en su domicilio Jr. Triunfo Cdra 01 Terminal Terrestre Municipal Chachapoyas - Amazonas, asimismo se deberá hacer de conocimiento la presente resolución a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático, para los fines correspondientes;
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES