Resolución de Gerencia General N.° 00217-2023-ARCC/GG

Modificación de los artículos 1 y 2 de la Resolución de Gerencia General N° 00003-2021-ARCC/GG

3 de noviembre de 2023

SE RESUELVE:

Artículo 1. Modificar los artículos 1 y 2 de la Resolución de Gerencia General N° 00003-2021-ARCC/GG de fecha 26 de enero de 2021, los mismos que quedarán redactados de la siguiente forma:
Artículo 1.- Creación de la Unidad Funcional de Integridad Institucional
Crear la Unidad Funcional de Integridad Institucional en la Gerencia General, encargada de impulsar la implementación y/o realizar el seguimiento y monitoreo del Modelo de Integridad en la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, la misma que está a cargo de un/a Coordinador/a.
Artículo 2.- Responsabilidades y Funciones de la Unidad Funcional de Integridad Institucional
La Unidad Funcional de Integridad Institucional tiene las siguientes responsabilidades funcionales:
a) Apoyar en la identificación y gestión de riesgos de corrupción.
b) Proponer las acciones de integridad y lucha contra la corrupción, así como supervisar su cumplimiento.
c) Proponer la incorporación de objetivos y acciones de integridad en los planes estratégicos de la entidad.
d) Implementar, conducir y dirigir la estrategia institucional de integridad y lucha contra la corrupción, así como supervisar su cumplimiento.
e) Supervisar el cumplimiento de la normativa vigente de transparencia, gestión de intereses y conflicto de intereses.
f) Coordinar con la máxima autoridad administrativa y los demás órganos o unidades orgánicas de la entidad, la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación del sistema de control interno.
g) Coordinar e implementar el desarrollo de actividades de capacitación en materia de ética pública, transparencia y acceso a la información pública, gestión de intereses, conflicto de intereses, control interno y otras materias vinculadas con la integridad y lucha contra la corrupción.
h) Recibir, evaluar, derivar, realizar el seguimiento y sistematización de denuncias sobre actos de corrupción, asegurando la reserva de información cuando corresponda.
i) Otorgar las medidas de protección al denunciante o testigos cuando corresponda.
j) Orientar y asesorar a los funcionarios y servidores sobre dudas, dilemas éticos, situaciones de conflicto de interés, así como sobre los canales y denuncias y medidas de protección existentes en la entidad y otros aspectos de políticas de integridad.
k) Monitorear la implementación del modelo de integridad institucional.
l) Otras derivadas de las normas de la materia.

Artículo 2. Notificación
Disponer la notificación de la presente resolución a la Unidad Funcional de Integridad Institucional y, demás órganos, unidades orgánicas y unidades funcionales de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Artículo 3. Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe).

Regístrese y Comuníquese

Documentos

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