Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 00166-2022-ARCC-DE

Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del inmueble y del Valor de la Tasación

30 de noviembre de 2022

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del inmueble y del Valor de la Tasación

Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución del Proyecto “Defensas Ribereñas del Río Tumbes – Paquete 2”. Subproyecto 2: “Creación de servicio de protección frente inundaciones en la quebrada Corrales, distrito de Corrales, provincia de Tumbes, departamento de Tumbes de CUI: 2503389”, y el valor de la tasación, ascendente a la suma de S/ 184,609.96 (Ciento Ochenta y Cuatro Mil Seiscientos Nueve con 96/100 Soles), correspondiente al inmueble con código 2503389TUM-QCORMD-23, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación
Disponer que, a través de la Unidad de Asuntos Financieros de la Oficina de Administración, se consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes de emitida la presente resolución, bajo responsabilidad del funcionario encargado de efectuarla.

Artículo 3.- Remisión de información necesaria para inscribir las áreas del bien inmueble a favor del beneficiario
Disponer que la Dirección de Soluciones Integrales, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, a efectos de inscribir las áreas del bien inmueble expropiado a favor de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.

Artículo 4.- Inscripción registral del bien inmueble a favor del beneficiario y obligación de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral
4.1 Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP inscriba a favor de la Autoridad para la
Reconstrucción con Cambios las áreas expropiadas del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
4.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo.

Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo
Disponer que la Dirección de Soluciones Integrales notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos correspondientes para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación.

Artículo 6.- Notificación a las unidades de la organización
Notificar la presente resolución a la Dirección de Soluciones Integrales, a la Oficina de Administración y a su Unidad de Asuntos Financieros, a la Oficina de Planificación y Presupuesto.

Artículo 7.- Publicación
Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.
Vista preliminar de documento RDE 00166-2022-ARCC-DE

RDE 00166-2022-ARCC-DE

PDF
450.5 KB