Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 00096-2022-ARCC-DE
Modificación del literal a) del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00018-2022-ARCC-DE Modifícase el literal a) del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00018-2022
5 de julio de 2022
SE RESUELVE:
Artículo 1. Modificación del literal a) del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00018-2022-ARCC-DE Modifícase el literal a) del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000182022-ARCC-DE que delega en el/la Gerente General de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, durante el Año Fiscal 2022, facultades y atribuciones referidas a los procedimientos de adquisición por trato directo y reconocimiento de mejoras, regulados en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0152020-VIVIENDA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando redactado de la siguiente manera:
“a) Emitir las resoluciones que aprueban el valor de tasación y el pago en el procedimiento por trato directo para las intervenciones que se encuentran previstas en
el Plan para la Reconstrucción con Cambios (PIRCC), a cargo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, en calidad de Entidad Ejecutora, conforme al marco normativo vigente; facultad que alcanza a lo previsto en el numeral 21.8 del artículo 21 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias
y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA.”
Artículo 2. De la vigencia y publicación
La presente Resolución tiene vigencia durante el Año Fiscal 2022 y rige a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
La presente Resolución se publica en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Artículo 1. Modificación del literal a) del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00018-2022-ARCC-DE Modifícase el literal a) del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000182022-ARCC-DE que delega en el/la Gerente General de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, durante el Año Fiscal 2022, facultades y atribuciones referidas a los procedimientos de adquisición por trato directo y reconocimiento de mejoras, regulados en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0152020-VIVIENDA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando redactado de la siguiente manera:
“a) Emitir las resoluciones que aprueban el valor de tasación y el pago en el procedimiento por trato directo para las intervenciones que se encuentran previstas en
el Plan para la Reconstrucción con Cambios (PIRCC), a cargo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, en calidad de Entidad Ejecutora, conforme al marco normativo vigente; facultad que alcanza a lo previsto en el numeral 21.8 del artículo 21 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias
y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA.”
Artículo 2. De la vigencia y publicación
La presente Resolución tiene vigencia durante el Año Fiscal 2022 y rige a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
La presente Resolución se publica en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.