Resolución de Gerencia General N.° 00044-2021-ARCC-GG

APROBAR la Prestación Adicional por S/. 773,301.32 (Setecientos setenta y tres mil trescientos uno con 32/100 Soles) y Deductivo Vinculado N° 01 por S/. 316,562.98

2 de setiembre de 2021

SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.-
APROBAR la Prestación Adicional por S/. 773,301.32 (Setecientos setenta y tres mil trescientos uno con 32/100 Soles) y Deductivo
Vinculado N° 01 por S/. 316,562.98 (Trescientos dieciséis mil quinientos sesenta y dos con 98/100 Soles) en el marco del Contrato N° 083-2020-ARCC/GG/OA que tiene por objeto la ejecución de la obra: “RECUPERACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL DE APOYO II – SULLANA, DISTRITO DE SULLANA, PROVINCIA DE SULLANA – REGION DE PIURA (CONTINGENCIA) y por un monto neto de S/ 456,738.34 (Cuatrocientos cincuenta seis mil setecientos treinta y ocho con 34/100 soles) incluido IGV, con una incidencia individual y acumulada neta del 1.448% respecto del monto total del contrato original, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO 2.- Encargar a la Oficina de Administración que requiera al Consorcio Hospital Sullana (conformado por Corporación Prisma S.A.C. y Neptuno
Contratistas Generales S.A.C.), la garantía por el monto que corresponda al Adicional de Obra aprobado por la presente Resolución.

ARTÍCULO 3.- Dispóngase informar al Órgano de Control Institucional respecto de las causales que han originado la aprobación del adicional de obra
materia de la presente resolución, a fin de que se determine las responsabilidades que pudieran corresponder.

ARTÍCULO 4.-
Notifíquese la presente resolución al Consorcio Hospital Sullana y al Supervisor, ACRUTA & TAPIA INGENIEROS S.A.C., conforme a Ley.

Regístrese y comuníquese.

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RGG-044-2021-ARCC-GG

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