Resolución de la Oficina de Administración N.° 00389-2022-ARCC-GG-OA

Aprobar la modificación del Contrato N° 124-2021-ARCC/GG/OA suscrito el 04 de setiembre de 2021, entre la ARCC y la empresa GRUPO GENERAL SERVICE DEL ORIENTE S.A.C.

14 de setiembre de 2022

Artículo 1.- Aprobar la modificación del Contrato N° 124-2021-ARCC/GG/OA suscrito el 04 de setiembre de 2021, entre la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y la empresa GRUPO GENERAL SERVICE DEL ORIENTE S.A.C., para la ejecución del “Servicio de limpieza y desinfección para las oficinas de la sede desconcentrada de Lambayeque de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, por efecto del reajuste de la remuneración mínima vital, por el importe de S/ 311.99 (Trescientos Once con 99/100 soles), incluido IGV, de conformidad con lo establecido en los numerales
34.1 y 34.10 del artículo 34 de la Ley de Contrataciones del Estado y por numerales 160.1 y 160.2 del artículo 160° de su Reglamento, y disponer la modificación de la Cláusula Tercera del Contrato relativo al Monto Contractual en los siguiente términos:

DICE:
“CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a S/ 81,600.00 (Ochenta y Un Mil Seis Cientos con 00/100 soles), que incluye todos los impuestos de Ley.
Este monto comprende el costo del servicio, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio materia del presente contrato”.

DEBE DECIR:
“CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL

El monto total del presente contrato asciende a S/ 81,911.99 (Ochenta y Un Mil Novecientos Once con 99/100 soles), que incluye todos los impuestos de Ley.
Este monto comprende el costo del servicio, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio materia del presente contrato”.

Artículo 2.- Autorizar a la Oficina de Administración tramitar la suscripción de la adenda correspondiente al contrato al que se hace referencia en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- La presente Resolución se aprueba con eficacia anticipada y surte efectos desde el 01 de mayo de 2022, fecha de emisión del Decreto Supremo N° 003-2022-TR.

Artículo 4.-
Disponer que la Unidad de Logística cumpla con publicar la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE y en el Portal Institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.
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ROA-00389-2022-ARCC-GG-OA

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