Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 00126-2020-ARCC-DE
Autorizar la ejecución de la prestación adicional del Contrato Nº 011-2020-ARCC/GG/OA "Servicio de provisión, instalación y puesta en operatividad de estructuras hospitalarias temporales.
3 de noviembre de 2020
SE RESUELVE:
Artículo 1º. Autorizar la ejecución de la prestación adicional del Contrato Nº 011-2020-ARCC/GG/OA "Servicio de provisión, instalación y puesta en operatividad
de estructuras hospitalarias temporales para atender el aislamiento y la recuperación de pacientes afectados con el COVID-19 (ítem 1: Piura Videnita)", por el monto de S/ 340 470,63 (Trescientos Cuarenta Mil Cuatrocientos Setenta y 63/100 Soles), monto que representa el 6.20% del monto total original del referido contrato, que ha sido celebrado entre la empresa FUSION COMUNICACIONES S.A.C. y la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.
Artículo 2". Disponer que la Unidad de Logística cumpla con publicar la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE y en el Portal Institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.
Artículo 3º. Devolver los antecedentes a la Oficina de Administración para los fines pertinentes.
Regístrese y comuníquese.
Artículo 1º. Autorizar la ejecución de la prestación adicional del Contrato Nº 011-2020-ARCC/GG/OA "Servicio de provisión, instalación y puesta en operatividad
de estructuras hospitalarias temporales para atender el aislamiento y la recuperación de pacientes afectados con el COVID-19 (ítem 1: Piura Videnita)", por el monto de S/ 340 470,63 (Trescientos Cuarenta Mil Cuatrocientos Setenta y 63/100 Soles), monto que representa el 6.20% del monto total original del referido contrato, que ha sido celebrado entre la empresa FUSION COMUNICACIONES S.A.C. y la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.
Artículo 2". Disponer que la Unidad de Logística cumpla con publicar la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE y en el Portal Institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.
Artículo 3º. Devolver los antecedentes a la Oficina de Administración para los fines pertinentes.
Regístrese y comuníquese.