Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 00071-2023-ARCC-DE

Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del inmueble y del Valor de la Tasación

2 de junio de 2023

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del inmueble y del Valor de la Tasación

Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución del Proyecto “Creación de los servicios de protección contra inundaciones mediante captación, control y derivación hacia el mar de las aguas de las avenidas de la Quebrada de San Carlos de la Cuenca del Cerro Centinela, Distrito de Laredo – Provincia de Trujillo”, y el valor de la tasación, ascendente a la suma de S/ 1, 322 779.00 (Un Millón Trescientos Veintidós Mil Setecientos Setenta y Nueve con 00/100 Soles), correspondiente al inmueble con Código N° 2503297-QG-P2R-004, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación
Disponer que, a través de la Unidad de Asuntos Financieros de la Oficina de
Administración, se consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a
favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de
emitida la presente resolución, conforme al literal b) del numeral 8.6 del artículo 8 de la Ley
N° 30556, modificado por el Decreto Legislativo N° 1558, referido al procedimiento de
Expropiación, bajo responsabilidad del funcionario encargado de efectuarla.

Artículo 3.- Remisión de información necesaria para inscribir las áreas del bien
inmueble a favor de la ARCC
Disponer que la Dirección de Soluciones Integrales, dentro de los cinco (5) días hábiles
siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación, remita al Registro
de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único
Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, a efectos de inscribir las áreas del bien inmueble
expropiado a favor de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.

Artículo 4.- Inscripción registral del bien inmueble a favor del beneficiario y
obligación de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral
4.1 Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos – SUNARP inscriba a favor de la Autoridad para la Reconstrucción
con Cambios las áreas expropiadas del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de
destitución.

4.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de
toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble
afectado. El acreedor pueda cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado
directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo.

Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo
Disponer que la Dirección de Soluciones Integrales gestione la notificación de la
presente Resolución de Dirección Ejecutiva al Sujeto Pasivo de la expropiación, anexando
obligatoriamente copia fedateada del documento que acredite la consignación, conforme a lo
dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega de las
áreas expropiadas del bien inmueble en el plazo improrrogable de diez (10) días hábiles
siguientes de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de iniciar los
procedimientos correspondientes para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas del
bien inmueble materia de expropiación.

Artículo 6.- Notificación a las unidades de la organización
Notificar la presente resolución a la Dirección de Soluciones Integrales, a la Oficina de
Administración y a su Unidad de Asuntos Financieros, a la Oficina de Planificación y
Presupuesto.

Artículo 7. Publicación
Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la
Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) y en el Diario Oficial El
Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.
Vista preliminar de documento RDE 00071-2023-ARCC-DE

RDE 00071-2023-ARCC-DE

PDF
458.5 KB