Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 00018-2022-ARCC-DE
Delegación de facultades al/la Gerente General de la ARCC.
11 de marzo de 2022
SE RESUELVE:
Artículo 1. Delegación de facultades al/la Gerente General de la ARCC
Delegar en el/la Gerente General de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, durante el Año Fiscal 2022, las siguientes facultades y atribuciones referidas a los procedimientos de adquisición por trato directo y reconocimiento de mejoras, regulados en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para
inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0152020-VIVIENDA:
a) Emitir las resoluciones que aprueban el valor de tasación y el pago en el procedimiento por trato directo para las intervenciones que se encuentran previstas en el
Plan para la Reconstrucción con Cambios (PIRCC), a cargo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, en calidad de Entidad Ejecutora, conforme al marco normativo vigente.
b) Emitir las resoluciones que aprueban el valor de tasación y el pago en el procedimiento de reconocimiento de mejoras para las intervenciones que se encuentran
previstas en el Plan para la Reconstrucción con Cambios (PIRCC), a cargo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, en calidad de Entidad Ejecutora, conforme al marco normativo vigente.
Artículo 2. De la obligación del funcionario delegado
El/la Gerente General en quien se ha delegado las facultades a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución tiene la obligación de informar trimestralmente al/a la Director/a Ejecutivo/a de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, las actuaciones realizadas en virtud de la delegación.
Artículo 3. De la vigencia y publicación
La delegación autorizada mediante la presente Resolución tiene vigencia durante el Año Fiscal 2022 y rige a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
La presente Resolución se publica en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 1. Delegación de facultades al/la Gerente General de la ARCC
Delegar en el/la Gerente General de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, durante el Año Fiscal 2022, las siguientes facultades y atribuciones referidas a los procedimientos de adquisición por trato directo y reconocimiento de mejoras, regulados en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para
inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0152020-VIVIENDA:
a) Emitir las resoluciones que aprueban el valor de tasación y el pago en el procedimiento por trato directo para las intervenciones que se encuentran previstas en el
Plan para la Reconstrucción con Cambios (PIRCC), a cargo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, en calidad de Entidad Ejecutora, conforme al marco normativo vigente.
b) Emitir las resoluciones que aprueban el valor de tasación y el pago en el procedimiento de reconocimiento de mejoras para las intervenciones que se encuentran
previstas en el Plan para la Reconstrucción con Cambios (PIRCC), a cargo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, en calidad de Entidad Ejecutora, conforme al marco normativo vigente.
Artículo 2. De la obligación del funcionario delegado
El/la Gerente General en quien se ha delegado las facultades a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución tiene la obligación de informar trimestralmente al/a la Director/a Ejecutivo/a de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, las actuaciones realizadas en virtud de la delegación.
Artículo 3. De la vigencia y publicación
La delegación autorizada mediante la presente Resolución tiene vigencia durante el Año Fiscal 2022 y rige a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
La presente Resolución se publica en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.