Resolución Jefatural N.° 213-2025-MTC/20.2

16 de diciembre de 2025

SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ APROBAR la baja por la causal de RAEE, de UN (01) Bien No Depreciable, con un valor de adquisición total de S/ 239.00 (Doscientos treinta y nueve con 00/100 Soles), evaluado por la Coordinación de Servicios de la Sede Central, actualmente ubicado en la oficina de la Coordinación de Control Patrimonial, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluido del registro patrimonial y contable de la entidad, cuyas características individuales se encuentran descritas en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ DISPONER que la jefatura de Logística y la jefatura de Contabilidad y Finanzas, viabilicen lo dispuesto en el Artículo 1, respecto a la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable del bien dado de baja con la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.‐ APROBAR la donación del bien mueble patrimonial calificado como RAEE cuya baja ha sido aprobada en el artículo 1 precedente, a favor del Sistema de Manejo RAEE denominado Sistema Colectivo ENVIRONMENT & TECHNOLOGY PERU S.A.C. con RUC20607221864, que forma parte de la campaña de acopio de RAEE impulsada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; descritos en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4.‐ NOTIFICAR la presente Resolución al Sistema de Manejo RAEE denominado Sistema Colectivo ENVIRONMENT & TECHNOLOGY PERU S.A.C. con RUC 20607221864, representado por su Gerente General, la Sra. VERONICA AZUCENA AREVALO GARCIA, identificada con DNI 10725625, beneficiario de la presente donación, en un plazo máximo de tres (03) días hábiles; así como a la Municipalidad Metropolitana de Lima, organizadora de la Campaña de Acopio de RAEE y NFU a la cual estamos adheridos; de igual manera a la Jefatura de Logística; Jefatura de Contabilidad y Finanzas; y al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 5.‐ AUTORIZAR el recojo de los referidos bienes muebles materia de la donación, según lo señalado en el artículo primero y tercero, a la EO‐RS TRANS INVERSIONES MIKI E.I.R.L., con registro autoritativo EO‐RS‐0218‐19‐150119, debidamente autorizado por el del Sistema de Manejo RAEE denominado Sistema Colectivo ENVIRONMENT & TECHNOLOGY PERU S.A.C., beneficiario de la donación mencionada, quien deberá coordinar la entrega con la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Coordinación de Control Patrimonial de nuestra entidad.
ARTÍCULO 6.‐ DISPONER que la Jefatura de Logística a través de la Coordinación de ControlPatrimonial, cumpla con el registro del número de la Resolución que aprobó el procedimiento degestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, conforme a lo señalado enel artículo 20 literales a) y b), y conforme a la Primera Disposición Complementaria Transitoria dela Directiva N° 0008‐2025‐EF/54.01 “Directiva para la Gestión de Bienes Muebles calificados comoResiduos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE” aprobada con Resolución Directoral N°0031‐2025‐EF/54.01.
Vista preliminar de documento RJ N° 0000213-2025-MTC20.2

RJ N° 0000213-2025-MTC20.2

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