Resolución Jefatural N.° 212-2025-MTC/20.2
12 de diciembre de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ APROBAR la baja por la causal de RAEE, de CINCO (05) Bienes No Depreciables, con un valor de adquisición total de S/ 896.90 (Ochocientos noventa y seis con 90/100 Soles), informados por la Coordinación de Servicios de la Sede Central, actualmente ubicados en la oficina de la Coordinación de Control Patrimonial, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluidos del registro patrimonial y contable de la entidad, cuyas características individuales se encuentran descritas en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ DISPONER que la jefatura de Logística y la jefatura de Contabilidad y Finanzas, viabilicen lo dispuesto en el Artículo 1, respecto a la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de los bienes dados de baja con la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.‐ APROBAR la donación de los bienes muebles patrimoniales calificados como RAEE cuya baja ha sido aprobada en el artículo 1 precedente, a favor del del Sistema de Manejo RAEE denominado Sistema Colectivo ENVIRONMENT & TECHNOLOGY PERU S.A.C. con RUC 20607221864, que forma parte de la campaña de acopio de RAEE impulsada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; descritos en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución; así como AUTORIZAR la inclusión en el proceso de donación y APROBAR la donación, de los VEINTICUATRO (24) bienes muebles no patrimoniales calificados como RAEE – consumibles (Cartuchos de Tóner), contenidos en el Anexo 2 de la presente resolución.
ARTÍCULO 4.‐ NOTIFICAR la presente Resolución al Sistema de Manejo RAEE denominado Sistema Colectivo ENVIRONMENT & TECHNOLOGY PERU S.A.C. con RUC 20607221864, representado por su Gerente General, la Sra. VERONICA AZUCENA AREVALO GARCIA, identificadacon DNI 10725625, beneficiario de la presente donación, en un plazo máximo de tres (03) díashábiles; así como a la Municipalidad Metropolitana de Lima, organizadora de la Campaña de Acopiode RAEE y NFU a la cual estamos adheridos; de igual manera a la Jefatura de Logística; Jefatura deContabilidad y Finanzas; Unidad Zonal Lima; y al Órgano de Control Institucional, para los finescorrespondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 5.‐ AUTORIZAR el recojo de los referidos bienes muebles materia de la donación,según lo señalado en el artículo primero y tercero, a la EO‐RS TRANS INVERSIONES MIKI E.I.R.L., conregistro autoritativo EO‐RS‐0218‐19‐150119, debidamente autorizado por el del Sistema de ManejoRAEE denominado Sistema Colectivo ENVIRONMENT & TECHNOLOGY PERU S.A.C., beneficiario dela donación mencionada, quien deberá coordinar la entrega con la Municipalidad Metropolitana deLima y la Coordinación de Control Patrimonial de nuestra entidad
ARTÍCULO 6.‐ DISPONER que la Jefatura de Logística a través de la Coordinación de ControlPatrimonial, cumpla con el registro del número de la Resolución que aprobó el procedimiento degestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, conforme a lo señalado enel artículo 20 literales a) y b), y conforme a la Primera Disposición Complementaria Transitoria dela Directiva N° 0008‐2025‐EF/54.01 “Directiva para la Gestión de Bienes Muebles calificados comoResiduos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE” aprobada con Resolución Directoral N°0031‐2025‐EF/54.01.
ARTÍCULO 1.‐ APROBAR la baja por la causal de RAEE, de CINCO (05) Bienes No Depreciables, con un valor de adquisición total de S/ 896.90 (Ochocientos noventa y seis con 90/100 Soles), informados por la Coordinación de Servicios de la Sede Central, actualmente ubicados en la oficina de la Coordinación de Control Patrimonial, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluidos del registro patrimonial y contable de la entidad, cuyas características individuales se encuentran descritas en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ DISPONER que la jefatura de Logística y la jefatura de Contabilidad y Finanzas, viabilicen lo dispuesto en el Artículo 1, respecto a la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de los bienes dados de baja con la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.‐ APROBAR la donación de los bienes muebles patrimoniales calificados como RAEE cuya baja ha sido aprobada en el artículo 1 precedente, a favor del del Sistema de Manejo RAEE denominado Sistema Colectivo ENVIRONMENT & TECHNOLOGY PERU S.A.C. con RUC 20607221864, que forma parte de la campaña de acopio de RAEE impulsada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; descritos en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución; así como AUTORIZAR la inclusión en el proceso de donación y APROBAR la donación, de los VEINTICUATRO (24) bienes muebles no patrimoniales calificados como RAEE – consumibles (Cartuchos de Tóner), contenidos en el Anexo 2 de la presente resolución.
ARTÍCULO 4.‐ NOTIFICAR la presente Resolución al Sistema de Manejo RAEE denominado Sistema Colectivo ENVIRONMENT & TECHNOLOGY PERU S.A.C. con RUC 20607221864, representado por su Gerente General, la Sra. VERONICA AZUCENA AREVALO GARCIA, identificadacon DNI 10725625, beneficiario de la presente donación, en un plazo máximo de tres (03) díashábiles; así como a la Municipalidad Metropolitana de Lima, organizadora de la Campaña de Acopiode RAEE y NFU a la cual estamos adheridos; de igual manera a la Jefatura de Logística; Jefatura deContabilidad y Finanzas; Unidad Zonal Lima; y al Órgano de Control Institucional, para los finescorrespondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 5.‐ AUTORIZAR el recojo de los referidos bienes muebles materia de la donación,según lo señalado en el artículo primero y tercero, a la EO‐RS TRANS INVERSIONES MIKI E.I.R.L., conregistro autoritativo EO‐RS‐0218‐19‐150119, debidamente autorizado por el del Sistema de ManejoRAEE denominado Sistema Colectivo ENVIRONMENT & TECHNOLOGY PERU S.A.C., beneficiario dela donación mencionada, quien deberá coordinar la entrega con la Municipalidad Metropolitana deLima y la Coordinación de Control Patrimonial de nuestra entidad
ARTÍCULO 6.‐ DISPONER que la Jefatura de Logística a través de la Coordinación de ControlPatrimonial, cumpla con el registro del número de la Resolución que aprobó el procedimiento degestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, conforme a lo señalado enel artículo 20 literales a) y b), y conforme a la Primera Disposición Complementaria Transitoria dela Directiva N° 0008‐2025‐EF/54.01 “Directiva para la Gestión de Bienes Muebles calificados comoResiduos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE” aprobada con Resolución Directoral N°0031‐2025‐EF/54.01.
