Resolución Jefatural N.° 190-2025-MTC/20.2
25 de noviembre de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.‐ RECONOCER el crédito devengado correspondiente al ejercicio fiscal 2022, a favor del proveedor SERVICIOS GENERALES COLLANA PINCUSH S.A.C., por el pago pendiente del tercer entregable de la Orden de Servicio N° 00486‐2024, por la contratación del “Servicio a todo costo de conducción de camión volquete, para el Mantenimiento Rutinario de la Carretera Santa – Chuquicara ‐ Pte. Huarochiri, L= 108 Km, Rutas PE‐12/PE‐3N”, por el monto de S/ 5,557.40 (Cinco mil quinientos cincuenta y siete con 40/100 Soles),
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pagoreconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo alpresupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en lapresente Resolución.
Artículo 3.‐ ENCARGAR a la Unidad Zonal Ancash, el cumplimiento de lodispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución, en coordinación con las instancias
administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Unidad ZonalAncash, área de Logística y al Proveedor Servicios Generales Collana Pincush S.A.C.
Artículo 5.‐ REMITIR copia de la presente Resolución a la Secretaría Técnicade la Oficina de Recursos Humanos, a fin de que se realice el deslinde de responsabilidadesadministrativas de los funcionarios y servidores cuya acción u omisión haya derivado elpresente reconocimiento de crédito devengado.
Artículo 1.‐ RECONOCER el crédito devengado correspondiente al ejercicio fiscal 2022, a favor del proveedor SERVICIOS GENERALES COLLANA PINCUSH S.A.C., por el pago pendiente del tercer entregable de la Orden de Servicio N° 00486‐2024, por la contratación del “Servicio a todo costo de conducción de camión volquete, para el Mantenimiento Rutinario de la Carretera Santa – Chuquicara ‐ Pte. Huarochiri, L= 108 Km, Rutas PE‐12/PE‐3N”, por el monto de S/ 5,557.40 (Cinco mil quinientos cincuenta y siete con 40/100 Soles),
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pagoreconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo alpresupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en lapresente Resolución.
Artículo 3.‐ ENCARGAR a la Unidad Zonal Ancash, el cumplimiento de lodispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución, en coordinación con las instancias
administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Unidad ZonalAncash, área de Logística y al Proveedor Servicios Generales Collana Pincush S.A.C.
Artículo 5.‐ REMITIR copia de la presente Resolución a la Secretaría Técnicade la Oficina de Recursos Humanos, a fin de que se realice el deslinde de responsabilidadesadministrativas de los funcionarios y servidores cuya acción u omisión haya derivado elpresente reconocimiento de crédito devengado.
