Resolución Jefatural N.° 176-2025-MTC/20.2
14 de noviembre de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar el acto de disposición transferencia de 169.53 m3 del bien mueble– existencia de almacén piedra chancada de ½ in valorizada en S/ 7,628.85 (Siete mil seiscientos
veintiocho con 85/100 Soles), ubicada en el Almacén Jauja de la Unidad Zonal Junín ‐ Pasco,propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL,
descrito en el Anexo 1 que forma parte de la presente resolución, a favor de Municipalidad Distritalde Curicaca, representada por su Alcalde, el Sr. BETHO NELSON ORE CONTRERAS, con DNI 20667032, domicilio legal en Plaza Principal N° 066, El Rosario, distrito de Curicaca, provincia deJauja, región Junín.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Coordinación de Almacén, como Responsable de la Gestiónde Almacenamiento y Distribución, efectúe las acciones administrativas para el cumplimiento del
acto de disposición final, mediante la suscripción del acta de entrega – recepción, que deberáefectuarse previa presentación del Acuerdo de Concejo de aceptación de la transferencia por parte
del beneficiario conforme al inc. 20 del art. 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ARTÍCULO 3.‐ Notificar la presente resolución a la Unidad Zonal Junín – Pasco, a la SubDirección de Conservación, a la Jefatura de Logística; y al Órgano de Control Institucional del
Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; así como a laMunicipalidad Distrital de Curicaca, para los fines correspondientes de conformidad con las
disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 4.‐ Disponer que Logística – Coordinación de Almacén, cumpla con el registro delnúmero de la Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo que
corresponda, de acuerdo a lo indicado en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la DirectivaN° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01, modificadacon la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0016‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar el acto de disposición transferencia de 169.53 m3 del bien mueble– existencia de almacén piedra chancada de ½ in valorizada en S/ 7,628.85 (Siete mil seiscientos
veintiocho con 85/100 Soles), ubicada en el Almacén Jauja de la Unidad Zonal Junín ‐ Pasco,propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL,
descrito en el Anexo 1 que forma parte de la presente resolución, a favor de Municipalidad Distritalde Curicaca, representada por su Alcalde, el Sr. BETHO NELSON ORE CONTRERAS, con DNI 20667032, domicilio legal en Plaza Principal N° 066, El Rosario, distrito de Curicaca, provincia deJauja, región Junín.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Coordinación de Almacén, como Responsable de la Gestiónde Almacenamiento y Distribución, efectúe las acciones administrativas para el cumplimiento del
acto de disposición final, mediante la suscripción del acta de entrega – recepción, que deberáefectuarse previa presentación del Acuerdo de Concejo de aceptación de la transferencia por parte
del beneficiario conforme al inc. 20 del art. 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ARTÍCULO 3.‐ Notificar la presente resolución a la Unidad Zonal Junín – Pasco, a la SubDirección de Conservación, a la Jefatura de Logística; y al Órgano de Control Institucional del
Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; así como a laMunicipalidad Distrital de Curicaca, para los fines correspondientes de conformidad con las
disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 4.‐ Disponer que Logística – Coordinación de Almacén, cumpla con el registro delnúmero de la Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo que
corresponda, de acuerdo a lo indicado en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la DirectivaN° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01, modificadacon la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0016‐2023‐EF/54.01.
