Resolución Directoral N.° 1042-2025-MTC/20
D.S. 033-2002-MTC
6 de noviembre de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el valor total de la tasación, que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial, así como el pago del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Trujillo – Shiran – Huamachuco, Tramo: Dv. Otuzco – Dv. Callacuyan”, signado con código: OTUZ-T-477, por el monto total a pagar de S/ 119,591.16; conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución afectará a la Estructura Funcional Programática de la Certificación de Crédito Presupuestario adjunta en la Nota N° 03871, otorgada mediante el Informe N° 5670-2025-MTC/20.4 de fecha 26.09.2025, ampliado con Informe N° 6160-2025-MTC/20.4 de fecha 21.10.2025 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL.
Artículo 3.- Disponer que, en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente Resolución, la Dirección de Derecho de Vía del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, verifique la identidad de los sujetos pasivos, gestione la suscripción de los instrumentos de transferencia a favor del Beneficiario y realice el pago del valor total de la tasación a que se refiere el Artículo 1 de la presente Resolución, de no suscribirse los instrumentos de transferencia se procederá con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modificatorias, bajo responsabilidad.
Artículo 4.- Disponer que, una vez realizado el pago aprobado en el Artículo 1 de la presente Resolución, los sujetos pasivos desocupen y entreguen el área del inmueble afectado, en el plazo máximo de diez(10) días hábiles, de encontrarse el área del inmueble libre, o treinta (30) días hábiles, de estar ocupada o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del artículo 20 del Decreto Legislativo N° 1192 y sus modificatorias.
Expediente: E-084698-2025
Artículo 1.- Aprobar el valor total de la tasación, que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial, así como el pago del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Trujillo – Shiran – Huamachuco, Tramo: Dv. Otuzco – Dv. Callacuyan”, signado con código: OTUZ-T-477, por el monto total a pagar de S/ 119,591.16; conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución afectará a la Estructura Funcional Programática de la Certificación de Crédito Presupuestario adjunta en la Nota N° 03871, otorgada mediante el Informe N° 5670-2025-MTC/20.4 de fecha 26.09.2025, ampliado con Informe N° 6160-2025-MTC/20.4 de fecha 21.10.2025 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL.
Artículo 3.- Disponer que, en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente Resolución, la Dirección de Derecho de Vía del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, verifique la identidad de los sujetos pasivos, gestione la suscripción de los instrumentos de transferencia a favor del Beneficiario y realice el pago del valor total de la tasación a que se refiere el Artículo 1 de la presente Resolución, de no suscribirse los instrumentos de transferencia se procederá con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modificatorias, bajo responsabilidad.
Artículo 4.- Disponer que, una vez realizado el pago aprobado en el Artículo 1 de la presente Resolución, los sujetos pasivos desocupen y entreguen el área del inmueble afectado, en el plazo máximo de diez(10) días hábiles, de encontrarse el área del inmueble libre, o treinta (30) días hábiles, de estar ocupada o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del artículo 20 del Decreto Legislativo N° 1192 y sus modificatorias.
Expediente: E-084698-2025
