Resolución Directoral N.° 903-2025-MTC/20
D.S. 033-2002-MTC
30 de setiembre de 2025
Artículo 1.- En cumplimiento de la Decisión emitida por la Junta de Resolución de Disputas respecto a la Controversia N° 25, notificada con Carta CN-6148-2025-CARD-CIP-CDL de fecha 08.09.2025, del Centro de Arbitraje y Resolución de Disputas del Consejo Departamental de Lima del Colegio de Ingenieros de Perú (Expediente N° 009-2022-JRD/CONTROVERSIA N° 25), se deja sin efecto la Resolución Directoral N° 388-2025-MTC/20 de fecha 19.05.2025, a través de la cual se
declaró improcedente la solicitud de Ampliación de Plazo N° 28 presentada por el CONTRATISTA por 69 días calendario; y subsecuentemente, se declara PROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 28 por 69 días calendario al Contrato N° 057-2021-MTC/20.2, con el reconocimiento de los mayores gastos generales variables, más los reajustes e intereses legales computados desde el vencimiento del plazo establecido para el pago de la valorización, hasta la fecha efectiva de pago, por las razones
expresadas en la presente Resolución.
Artículo 4.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Ampliación de Plazo N° 31 por 15 días calendario al Contrato N° 057-2021-MTC/20.2, para la ejecución de la obra “Mejoramiento de la Carretera Santa María - Santa Teresa - Puente Hidroeléctrica Machu Picchu - Ítem B: Construcción de túnel y accesos”, solicitada por el CONSORCIO CARRETERA CUSCO, integrado por las empresas China Railway Tunnel Group Co. Ltd. Sucursal del Perú y Grupo Constructor & Consultor Asociados S.A.C., manteniéndose la fecha de término de la ejecución de la obra al 22.01.2026, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
declaró improcedente la solicitud de Ampliación de Plazo N° 28 presentada por el CONTRATISTA por 69 días calendario; y subsecuentemente, se declara PROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 28 por 69 días calendario al Contrato N° 057-2021-MTC/20.2, con el reconocimiento de los mayores gastos generales variables, más los reajustes e intereses legales computados desde el vencimiento del plazo establecido para el pago de la valorización, hasta la fecha efectiva de pago, por las razones
expresadas en la presente Resolución.
Artículo 4.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Ampliación de Plazo N° 31 por 15 días calendario al Contrato N° 057-2021-MTC/20.2, para la ejecución de la obra “Mejoramiento de la Carretera Santa María - Santa Teresa - Puente Hidroeléctrica Machu Picchu - Ítem B: Construcción de túnel y accesos”, solicitada por el CONSORCIO CARRETERA CUSCO, integrado por las empresas China Railway Tunnel Group Co. Ltd. Sucursal del Perú y Grupo Constructor & Consultor Asociados S.A.C., manteniéndose la fecha de término de la ejecución de la obra al 22.01.2026, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.