Resolución Jefatural N.° 141-2025-MTC/20.2

11 de setiembre de 2025

SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causal de Estado de Excedencia de las estructuras metálicas de segundo uso del puente Anco Mabey Compact 200, con los que se ha conformado un puente de 15.24 m de longitud, cuyos componentes se encontraban ubicados en nuestro Campamento Mayocc de la Unidad Zonal Huancavelica, sito en el km 309 de la carretera Mayocc‐Huanta, cerca del puente Mayocc, distrito de San Miguel de Mayocc, provincia de Churcampa, región Huancavelica, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional –PROVIAS NACIONAL, señalada en el literal c) del Artículo 48° de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, valorizados en S/ 10,405.68 (Diez mil cuatrocientos cinco con 68/100 Soles), y cuyo detalle se encuentra contenido en el Anexo 1 que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Aprobar la transferencia con eficacia anticipada al 30 de julio del 2025 a favor de la Municipalidad Distrital de Anco, de los elementos metálicos dados de baja mediante el Artículo 1 de la presente Resolución, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 62° y siguientes de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, para su instalación en el proyecto denominado Puente Ayacucho, distrito de Anco, provincia Churcampa, región Huancavelica; entidad debidamente representada por su Alcalde el Sr. MANUEL ZEVALLOS PACHECO, identificado con DNI 42210898, con domicilio legal en la Plaza Principal de Anco, distrito de Anco,
provincia de Churcampa, región Huancavelica.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de Logística de la Oficina de Administración, como Órgano Responsable del Control Patrimonial del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ‐ PROVIAS NACIONAL, realice las coordinaciones del caso con la Municipalidad Distrital de Anco, a efectos de que sea alcanzado el Acuerdo de Concejo aceptando la transferencia, bajo los alcances de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ARTÍCULO 4.‐ Recomendar a la Municipalidad Distrital de Anco, asesorarse con un especialista en puentes modulares metálicos, y proceder a verificar bajo su responsabilidad la integridad de todos los elementos conformantes del puente transferido; así como cumplir con la adquisición y/o fabricación de los elementos faltantes conforme a lo recomendado por el Especialista de la Dirección de Puentes según Informe N° 018‐2025‐MTC/20.10.2.AMP del 5 de marzo del 2025, y realizar los reforzamientos y suministros necesarios; así como proceder con el Alta de acuerdo a los Asientos Contables señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5.‐ Transcribir la presente Resolución a Logística, a Contabilidad y Finanzas, para la respectiva exclusión física y contable de los elementos metálicos señalados en el Artículo Primero; a la Dirección de Puentes; al Órgano de Control Institucional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; y a la Municipalidad Distrital de Anco, para los fines correspondientes, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
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RJ N° 0000141-2025-MTC20.2

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