Resolución Jefatural N.° 137-2025-MTC/20.2
11 de setiembre de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causales de Excedencia, No Apto para su uso y consumoy Fecha de Vencimiento, según corresponda, de trescientos veinte (320) de bienes muebles ‐existencias de almacén de la Unidad Zonal Huánuco, propiedad del Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; por el importe total de S/ 96,065.05(Noventa y seis mil sesenta y cinco con 05/100 soles), a efectos de ser excluidos del registrocontable y del aplicativo SIGA que corresponda, cuyas características y detalles se encuentrancontenidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración y la Unidad Zonal Huánuco, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente,respecto a la exclusión del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, de los bienesmuebles existencias de almacén, dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d)del art. 52 de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de la Unidad Zonal Huánuco, proceder con las accionestendientes a la disposición final de los bienes muebles – existencias de almacén dados de baja,conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Unidad Zonal Huánuco; a la Sub Direcciónde Conservación; a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas, y Logística; así como al Órgano de ControlInstitucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causales de Excedencia, No Apto para su uso y consumoy Fecha de Vencimiento, según corresponda, de trescientos veinte (320) de bienes muebles ‐existencias de almacén de la Unidad Zonal Huánuco, propiedad del Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; por el importe total de S/ 96,065.05(Noventa y seis mil sesenta y cinco con 05/100 soles), a efectos de ser excluidos del registrocontable y del aplicativo SIGA que corresponda, cuyas características y detalles se encuentrancontenidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración y la Unidad Zonal Huánuco, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente,respecto a la exclusión del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, de los bienesmuebles existencias de almacén, dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d)del art. 52 de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de la Unidad Zonal Huánuco, proceder con las accionestendientes a la disposición final de los bienes muebles – existencias de almacén dados de baja,conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Unidad Zonal Huánuco; a la Sub Direcciónde Conservación; a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas, y Logística; así como al Órgano de ControlInstitucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes