Resolución Jefatural N.° 122-2025-MTC/20.2
18 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.‐ RECONOCER el crédito devengado del ejercicio fiscal 2021, a favor del proveedor LEONARDO DAVID NAVARRO HUAMAN , por el pago pendiente del primer y segundo entregable del Contrato de Locación de Servicios N° 240‐2021‐MTC/20.11, por la prestación del “Servicio para la Adquisición de 69 inmuebles Afectados por la Ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Andahuaylas – Pampachiri – Negromayo, Tramo: Andahuaylas – Huancabamba, en sus Fases I, II Y III”, por el importe de 43,572.86 (Cuarenta y tres mil quinientos setenta y dos con 86/100 soles) y S/ 43,572.85 (Cuarenta y tres mil quinientos setenta y dos con 85/100 soles) respectivamente, previa aplicación de la penalidad correspondiente.
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pagoreconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo alpresupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en lapresente Resolución.
Artículo 3.‐ ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área deTesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución,en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Dirección deDerecho de Vía, al área de Logística y al proveedor DAVID NAVARRO HUAMAN.
Artículo 5.‐ REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina de RecursosHumanos, a fin de que se realice el deslinde de responsabilidades administrativas de losfuncionarios y servidores cuya acción u omisión haya derivado el presente reconocimiento decrédito devengado.
Artículo 1.‐ RECONOCER el crédito devengado del ejercicio fiscal 2021, a favor del proveedor LEONARDO DAVID NAVARRO HUAMAN , por el pago pendiente del primer y segundo entregable del Contrato de Locación de Servicios N° 240‐2021‐MTC/20.11, por la prestación del “Servicio para la Adquisición de 69 inmuebles Afectados por la Ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Andahuaylas – Pampachiri – Negromayo, Tramo: Andahuaylas – Huancabamba, en sus Fases I, II Y III”, por el importe de 43,572.86 (Cuarenta y tres mil quinientos setenta y dos con 86/100 soles) y S/ 43,572.85 (Cuarenta y tres mil quinientos setenta y dos con 85/100 soles) respectivamente, previa aplicación de la penalidad correspondiente.
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pagoreconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo alpresupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en lapresente Resolución.
Artículo 3.‐ ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área deTesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución,en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Dirección deDerecho de Vía, al área de Logística y al proveedor DAVID NAVARRO HUAMAN.
Artículo 5.‐ REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina de RecursosHumanos, a fin de que se realice el deslinde de responsabilidades administrativas de losfuncionarios y servidores cuya acción u omisión haya derivado el presente reconocimiento decrédito devengado.