Resolución Jefatural N.° 099-2025-MTC/20.2
25 de junio de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causal de Estado de Chatarra, de CUATRO (04) BienesNo Depreciables, con un valor de adquisición de S/ 247.99 (Doscientos cuarenta y siete con 99/100
Soles); ubicados en la Unidad Zonal Lambayeque, propiedad del Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluidos del registro
patrimonial y contable de la entidad, cuyas características y valores individuales se encuentrancontenidos en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que Logística y Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto a la cancelación de laanotación en el registro patrimonial y contable de los bienes dados de baja con la presenteResolución.
ARTÍCULO 3.‐ Autorizar la inclusión de cinco (05) bienes muebles en calidad de sobrantescontenidos en el Anexo 2 que forma parte de la presente resolución, en los actos de disposición,
juntamente con los bienes cuya baja se aprobó con el artículo 1, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Encargar a Logística de la Oficina de Administración, proceder con ladisposición final de los bienes dados de baja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 5.‐ Notificar la presente Resolución a las Jefaturas de Logística y Contabilidad yFinanzas de la Oficina de Administración; a la Unidad Zonal Lambayeque; así como al Órgano de
Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legalesvigentes.
ARTÍCULO 6.‐ Disponer que la Jefatura de Logística, cumpla con el registro del número dela Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo dePatrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición ComplementariaTransitoria de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01 y su modificatoria aprobada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 yN° 0016‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causal de Estado de Chatarra, de CUATRO (04) BienesNo Depreciables, con un valor de adquisición de S/ 247.99 (Doscientos cuarenta y siete con 99/100
Soles); ubicados en la Unidad Zonal Lambayeque, propiedad del Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluidos del registro
patrimonial y contable de la entidad, cuyas características y valores individuales se encuentrancontenidos en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que Logística y Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto a la cancelación de laanotación en el registro patrimonial y contable de los bienes dados de baja con la presenteResolución.
ARTÍCULO 3.‐ Autorizar la inclusión de cinco (05) bienes muebles en calidad de sobrantescontenidos en el Anexo 2 que forma parte de la presente resolución, en los actos de disposición,
juntamente con los bienes cuya baja se aprobó con el artículo 1, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Encargar a Logística de la Oficina de Administración, proceder con ladisposición final de los bienes dados de baja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 5.‐ Notificar la presente Resolución a las Jefaturas de Logística y Contabilidad yFinanzas de la Oficina de Administración; a la Unidad Zonal Lambayeque; así como al Órgano de
Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legalesvigentes.
ARTÍCULO 6.‐ Disponer que la Jefatura de Logística, cumpla con el registro del número dela Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo dePatrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición ComplementariaTransitoria de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01 y su modificatoria aprobada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 yN° 0016‐2023‐EF/54.01.