Resolución Jefatural N.° 098-2025-MTC/20.2
25 de junio de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causal de Falta de idoneidad del bien, de TRES (03)Bienes del Activo Fijo, con un Valor Total Neto de S/ 3.00 (Tres con 00/100 Soles); y DIECISIETE (17)
Bienes No Depreciables, con un valor de adquisición de S/ 3,877.10 (Tres mil ochocientos setentay siete con 10/100 Soles); ubicados en la Unidad Zonal Lambayeque, propiedad del Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluidosdel registro patrimonial y contable de la entidad, cuyas características y valores individuales se
encuentran contenidos en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que Logística y Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto a la cancelación de la
anotación en el registro patrimonial y contable de los bienes dados de baja con la presenteResolución.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a Logística de la Oficina de Administración, proceder con ladisposición final de los bienes dados de baja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Autorizar la inclusión de quince (15) bienes muebles en calidad de sobrantesen los actos de disposición, juntamente con los bienes dados de baja con el artículo 1, conforme a
lo normativa vigente.
ARTÍCULO 5.‐ Notificar la presente Resolución a las Jefaturas de Logística y Contabilidad yFinanzas de la Oficina de Administración; a la Unidad Zonal Lambayeque; así como al Órgano de
Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legalesvigentes.
ARTÍCULO 6.‐ Disponer que la Jefatura de Logística, cumpla con el registro del número dela Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo dePatrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición ComplementariaTransitoria de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01 y su modificatoria aprobada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 yN° 0016‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causal de Falta de idoneidad del bien, de TRES (03)Bienes del Activo Fijo, con un Valor Total Neto de S/ 3.00 (Tres con 00/100 Soles); y DIECISIETE (17)
Bienes No Depreciables, con un valor de adquisición de S/ 3,877.10 (Tres mil ochocientos setentay siete con 10/100 Soles); ubicados en la Unidad Zonal Lambayeque, propiedad del Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluidosdel registro patrimonial y contable de la entidad, cuyas características y valores individuales se
encuentran contenidos en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que Logística y Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto a la cancelación de la
anotación en el registro patrimonial y contable de los bienes dados de baja con la presenteResolución.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a Logística de la Oficina de Administración, proceder con ladisposición final de los bienes dados de baja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Autorizar la inclusión de quince (15) bienes muebles en calidad de sobrantesen los actos de disposición, juntamente con los bienes dados de baja con el artículo 1, conforme a
lo normativa vigente.
ARTÍCULO 5.‐ Notificar la presente Resolución a las Jefaturas de Logística y Contabilidad yFinanzas de la Oficina de Administración; a la Unidad Zonal Lambayeque; así como al Órgano de
Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legalesvigentes.
ARTÍCULO 6.‐ Disponer que la Jefatura de Logística, cumpla con el registro del número dela Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo dePatrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición ComplementariaTransitoria de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01 y su modificatoria aprobada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 yN° 0016‐2023‐EF/54.01.