Resolución Jefatural N.° 0058-2025-MTC/20.2
23 de abril de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Afectación en Uso de un (01) puente modular Harzone CB200A‐2 de 60.96 m de longitud de configuración DDR2A de una vía sin pasarela, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; bajo los alcances de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, por el importe de: S/.1,184,468.30 (Un millón ciento ochenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y ocho con 30/100 Soles), y cuyo detalle se encuentra contenido en el Anexo 1 que forma parte de la presente resolución; a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado –PROVIAS DESCENTRALIZADO, representado por su Director Ejecutivo el Sr. OSCAR EFRAIN CHAVEZ FIGUEROA, identificado con DNI 08299411, con domicilio en Jirón Camaná N° 678, Piso 11, Cercado de Lima, para su instalación en el proyecto denominado Puente Niñopampa en el distrito de Chalhuanca, provincia de Aymaraes en la región Apurímac.
ARTÍCULO 2.‐ Aprobar el plazo de la Afectación en Uso del puente modular a que hace referencia el Artículo Primero, en un (01) año contado a partir de la suscripción del Acta de Entrega – Recepción, conforme a lo establecido en el Artículo 56° de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de Logística, como Órgano Responsable del Control Patrimonial del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ‐ PROVIAS NACIONAL, realice las coordinaciones del caso con Provias Descentralizado, para efectuar la entrega‐recepción formal de los elementos metálicos materia de la Afectación en Uso aprobada en el Artículo Primero de la presente Resolución, previa acreditación del personal que suscribirá el acta de entrega‐recepción; así como la presentación de los documentos por el aseguramiento de los bienes afectados en uso, conforme a lo señalado en el numeral 55.1 del art. 51 de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” y sus modificatoria.
ARTÍCULO 4.‐ Transcribir la presente Resolución a la Dirección de Puentes, a la Jefatura deLogística, a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas; y al Órgano de Control Institucional delProyecto de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; y al Proyecto Especialde Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO, para los fines
correspondientes, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Afectación en Uso de un (01) puente modular Harzone CB200A‐2 de 60.96 m de longitud de configuración DDR2A de una vía sin pasarela, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; bajo los alcances de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, por el importe de: S/.1,184,468.30 (Un millón ciento ochenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y ocho con 30/100 Soles), y cuyo detalle se encuentra contenido en el Anexo 1 que forma parte de la presente resolución; a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado –PROVIAS DESCENTRALIZADO, representado por su Director Ejecutivo el Sr. OSCAR EFRAIN CHAVEZ FIGUEROA, identificado con DNI 08299411, con domicilio en Jirón Camaná N° 678, Piso 11, Cercado de Lima, para su instalación en el proyecto denominado Puente Niñopampa en el distrito de Chalhuanca, provincia de Aymaraes en la región Apurímac.
ARTÍCULO 2.‐ Aprobar el plazo de la Afectación en Uso del puente modular a que hace referencia el Artículo Primero, en un (01) año contado a partir de la suscripción del Acta de Entrega – Recepción, conforme a lo establecido en el Artículo 56° de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de Logística, como Órgano Responsable del Control Patrimonial del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ‐ PROVIAS NACIONAL, realice las coordinaciones del caso con Provias Descentralizado, para efectuar la entrega‐recepción formal de los elementos metálicos materia de la Afectación en Uso aprobada en el Artículo Primero de la presente Resolución, previa acreditación del personal que suscribirá el acta de entrega‐recepción; así como la presentación de los documentos por el aseguramiento de los bienes afectados en uso, conforme a lo señalado en el numeral 55.1 del art. 51 de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” y sus modificatoria.
ARTÍCULO 4.‐ Transcribir la presente Resolución a la Dirección de Puentes, a la Jefatura deLogística, a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas; y al Órgano de Control Institucional delProyecto de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; y al Proyecto Especialde Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO, para los fines
correspondientes, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.