Resolución Directoral N.° 028-2025-MTC/20
D.S. 033-2002-MTC
17 de enero de 2025
Articulo 1.- DISPONER, que durante el periodo del 22 al 26 de enero de 2025, se suspendan los efectos de 10 dispueslo por el Articulo 2° de la Resoluci6n Directoral N° 1188-2024-MTC/20.
Articulo 2.- DESIGNAR TEMPORALMENTE LAS FUNCIONES de Director de la Dirección de Puentes del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional- PROVIAS
NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el periodo del 22 al 26 de enero de 2025, al ingeniero CARLOS ALBERTO OJEDA ORTEGA, Especialista en Infraestructura Vial - Inspector, en virtud a las consideraciones expuestas en la presente Resolución, yen adición a sus funciones.
Articulo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución al ingeniero CESAR LA ROSA VILLANUEVA Y alingeniero CARLOS ALBERTO OJEDA ORTEGA Y transcribirla a todas las Unidades Funcionales de
Administración Interna y de Linea y a las Unidades Funcionales Desconcentradas (Unidades Zonales) delPrograma denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL,para su conocimiento y fines pertinentes.
Articulo 2.- DESIGNAR TEMPORALMENTE LAS FUNCIONES de Director de la Dirección de Puentes del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional- PROVIAS
NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el periodo del 22 al 26 de enero de 2025, al ingeniero CARLOS ALBERTO OJEDA ORTEGA, Especialista en Infraestructura Vial - Inspector, en virtud a las consideraciones expuestas en la presente Resolución, yen adición a sus funciones.
Articulo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución al ingeniero CESAR LA ROSA VILLANUEVA Y alingeniero CARLOS ALBERTO OJEDA ORTEGA Y transcribirla a todas las Unidades Funcionales de
Administración Interna y de Linea y a las Unidades Funcionales Desconcentradas (Unidades Zonales) delPrograma denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL,para su conocimiento y fines pertinentes.