Resolución Jefatural N.° 001-2025-MTC/20.2

6 de enero de 2025

SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- APERTURAR las Cajas Chicas en el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL para el Ejercicio del Año Fiscal 2025 de la Sede Central Lima, Dirección de Derecho de Vía, 18 Unidades Zonales y 25 Unidades de Peaje, con las que deberán atender gastos menudos de rápida cancelación que serán atendidos hasta por los montos establecidos de acuerdo a la Directiva para la Administración de fondos de Caja Chica vigente, el cual será conforme al siguiente detalle:
a) Para la Sede Central Lima hasta por la suma de S/ 50,000.00 (Cincuenta mil con 00/100 soles) como Caja Chica financiado con Recursos Ordinarios
siendo la responsable titular de su manejo la servidora JUAREZ GARAVITO,ISABEL MARIA identificada con D.N.I. N° 09778416 y como suplentedurante su ausencia el servidor ROJAS SOTO, VICTOR GUILLERMOidentificado con D.N.I. N° 07596004.
b) Para la Dirección de Derecho de Vía, la suma de S/ 80,000.00 (Ochenta milcon 00/100 soles) como Caja Chica, financiada con Recursos Ordinarios;
siendo responsable titular de su manejo el servidor CAYLLAHUAPACOTAIPE, EDISON identificado con D.N.I. N° 48430111 y como suplentela servidora BENITO LAURENTE, GINA CRISTINA con D.N.I. N° 71840695.
c) Para las Unidades Zonales, el financiamiento se realiza con RecursosOrdinarios, de acuerdo a los montos que a continuación se indican, para locual se consigna los datos de los responsables encargados de su manejo acuyos nombres deberán girarse las Ordenes de Pago Electrónica dehabilitación y reembolsos
d) Para las 25 Unidades de Peaje a cargo de la Sub Dirección de Operacionesdel Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS
NACIONAL, el financiamiento se realiza con Recursos Ordinarios, con lasque deberán atender gastos menudos de rápida cancelación que seránatendidos hasta por la suma de S/ 400.00 (Cuatrocientos con 00/100 soles),para lo cual se consignan los respectivos montos y datos de losresponsables encargados de su manejo, a cuyos nombres deberán emitirselas Órdenes de Pago Electrónica de habilitación y reembolsos
ARTICULO 2.- La aplicación de los fondos de Cajas Chicas que se autorizan, sesujetarán a las normas que sobre el particular se regulen para la Ejecución Presupuestal delEjercicio Fiscal 2025, de igual modo, el uso, la rendición de cuentas documentada, el cierre yliquidación de éstos Fondos, deberá ceñirse a lo normado mediante directivas internas, laDirectiva de Tesorería y disposiciones conexas vigentes.
ARTÍCULO 3.- Los gastos de un periodo mensual con cargo a las Cajas Chicas nodeberán exceder de tres (03) veces cada monto constituido, indistintamente de la cantidad derendiciones documentadas que pudieran efectuarse en el mismo periodo.
ARTÍCULO 4.- RECONOCER los gastos realizados desde el 01 de enero del ejercicio2025, y proceder por única vez a su reembolso, previa presentación de los comprobantes depago y/o documento que sustente el gasto con cargo a los fondos de Caja Chica, lo que debeser sustentado en la primera rendición del fondo de Caja Chica de la Sede Central, UnidadesZonales, Unidades de Peaje y Dirección de Derecho de Vía, de corresponder.
ARTÍCULO 5.- DISPONER que la Jefatura del Área de Tesorería gestione ladisponibilidad presupuestaria para la apertura de las Cajas Chicas en el Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL para el Ejercicio del Año Fiscal2025.
ARTÍCULO 6.- La Oficina de Administración, Dirección de Derecho de Vía, Dirección deOperaciones y las Unidades Zonales, son responsables del cumplimiento de la presenteResolución.
ARTÍCULO 7.- NOTIFICAR la presente Resolución a los responsables titulares ysuplentes de la administración de las Cajas Chicas aperturadas, a las Direcciones,
Subdirecciones, Jefaturas de Oficina, y a las Unidades Zonales de la Unidad Ejecutora: ProyectoEspecial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, para su conocimientoy fines pertinentes.

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